Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2022062478)
Resolución de 1 de agosto de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para la explotación porcina, promovida por José Guzmán Sueiro, en el término municipal de Azuaga (Badajoz).
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NÚMERO 156
Viernes 12 de agosto de 2022

40052

RESOLUCIÓN de 1 de agosto de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad,
por la que se otorga autorización ambiental unificada para la explotación
porcina, promovida por José Guzmán Sueiro, en el término municipal de
Azuaga (Badajoz). (2022062478)
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha 20 de agosto de 2020 tiene entrada en el Registro Único de la Junta de
Extremadura, la solicitud de autorización ambiental unificada (AAU) para la legalización de
una explotación porcina de cebo en régimen extensivo en el término municipal de Azuaga y
promovida por José Manuel Guzmán Sueiro. con domicilio social en c/ Muñoz Torrero, n.º 27,
CP 06920 de Azuaga (Badajoz).
Segundo. El proyecto consiste en la legalización de una explotación porcina de cebo en
régimen extensivo con capacidad de 583 cerdos cebo. Esta actividad está incluida en el ámbito
de aplicación de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad
Autónoma de Extremadura. En particular en la categoría 1.2 del anexo II.
La explotación se ubicará en la parcela 3 del polígono 69, del término municipal de Azuaga,
con una superficie de 96,9 ha. Las características esenciales del proyecto se describen en la
presente resolución.
Tercero. Con fecha 19 de febrero de 2021, el Órgano ambiental publica Anuncio en su sede
electrónica, poniendo a disposición del público, durante un plazo de 10 días, la información
relativa al procedimiento de solicitud de autorización ambiental unificada, de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 16.5 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de
la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Cuarto. Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 16/2015 de
23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, tras la
modificación introducida en la misma por la Ley 8/2019, de 5 de abril, para una Administración
más ágil en la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Dirección General de Sostenibilidad
(DGS) promovió la participación real y efectiva de las personas interesadas, en todo caso de
los vecinos inmediatos con fecha 19 de febrero de 2021.
Quinto. Con fecha 24 de mayo de 2021, se remite copia del expediente al Ayuntamiento
de Azuaga, en el que se le indicaba que disponía de un plazo de 20 días desde la recepción
del expediente, para remitir un Informe Técnico que se pronunciara sobre la adecuación de
la instalación a todas aquellas materias de competencia municipal, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de
Régimen Local. El Servicio Técnico Municipal del Ayuntamiento de Azuaga emite, en fecha 21