Servicio Extremeño Público De Empleo. Fomento Del Empleo. Subvenciones. (2022062448)
Resolución de 29 de julio de 2022, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones del ejercicio 2022 de la Línea I a entidades promotoras de los proyectos del Programa Colaborativo Rural.
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NÚMERO 154

39606

Miércoles 10 de agosto de 2022



— Economía verde y circular.

— Construcción


— Tecnologías de la información y las comunicaciones.

— Agroalimentaria.
d) Proyectos que afecten a localidades que no se encuentren en el ámbito territorial de
ningún proyecto de formación en alternancia con el empleo aprobado en el año de la
convocatoria, se valorará con 20 puntos.
e) Compromisos de inserción laboral por empresas o entidades empleadoras del alumnado
trabajador formado adicionales a los exigidos en el artículo 18 del decreto 84/2021 de
7 de julio. Se valorará con una puntuación de hasta 10 puntos. Se puntuará según la
siguiente tabla, teniendo en cuenta que el redondeo de los decimales resultantes de la
aplicación de porcentajes será siempre al alza hasta el número entero.

N.º COMPROMISOS
DE CONTRATACIÓN

HASTA EL 10
% DEL TOTAL
PARTICIPANTES

ENTRE EL 10,01%
Y 20 % DEL TOTAL
PARTICIPANTES

ENTRE EL
20,01 % Y 50
% DEL TOTAL
PARTICIPANTES

MAS DEL 50
% DEL TOTAL
PARTICIPANTES

N.º PUNTOS

2 PUNTOS

5 PUNTOS

8 PUNTOS

10 PUNTOS

Se valorará en función de los compromisos aportados y cumplimentados según el Anexo
III de la presente resolución.
Las contrataciones derivadas de los compromisos de contratación se llevarán a cabo en
el plazo de tres meses desde la finalización del proyecto en centros de trabajo radicados
en la Comunidad Autónoma de Extremadura y en ocupaciones relacionadas con la familia
profesional a la que pertenezca la correspondiente especialidad formativa.
La jornada de trabajo será a tiempo completo y la duración del contrato será como mínimo
de 6 meses. La modalidad contractual entre la empresa o entidad y la persona participante
podrá ser cualquiera de las recogidas en el ordenamiento jurídico vigente para las que se
cumplan los requisitos y las retribuciones salariales mínimas serán las del salario mínimo
interprofesional o las del convenio colectivo de aplicación.
En caso de empate, tendrán preferencia las solicitudes que tengan mayor puntuación en
los criterios de valoración por el orden recogido en este resuelvo.