Servicio Extremeño Público De Empleo. Fomento Del Empleo. Subvenciones. (2022062448)
Resolución de 29 de julio de 2022, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones del ejercicio 2022 de la Línea I a entidades promotoras de los proyectos del Programa Colaborativo Rural.
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NÚMERO 154
Miércoles 10 de agosto de 2022

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de Extremadura y en el Portal Electrónico de la Transparencia y la Participación Ciudadana,
conforme lo establecido en el artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno
Abierto.
Tercero. Entidades Beneficiarias.
Los Ayuntamientos y Entidades Locales Menores de la Comunidad Autónoma de Extremadura
con población inferior a 5.000 habitantes, que deberán ser competentes para la ejecución de
las correspondientes obras o servicios.
Las entidades indicadas en el párrafo anterior, previa conformidad con los municipios
interesados, podrán presentar solicitudes de ayudas para efectuar proyectos de carácter
supralocal. En este caso, las corporaciones locales que han prestado su conformidad no podrán
presentar solicitud simultánea de forma independiente, ni prestar su conformidad a más de
una solicitud, si lo hacen no se tendrá en cuenta su participación en ninguna de las solicitudes.
En este caso, las entidades locales que formen parte de la agrupación, que tendrán igualmente
la consideración de beneficiarias, deberán formalizar previamente el correspondiente acuerdo.
Cuarto. Procedimiento de concesión.
1. El procedimiento de concesión de la subvención se tramitará en régimen de concurrencia
competitiva mediante convocatoria periódica, de acuerdo con lo establecido en el artículo
28 del Decreto 84/2021 de 7 de julio y en el Título II de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Esta convocatoria y su extracto
deberán ser publicados en el Diario Oficial de Extremadura, conforme a lo establecido en
el artículo 17.3.b, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. La
convocatoria también se publicará en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura.
Asimismo, y con independencia de la publicidad anterior, la convocatoria y las subvenciones
concedidas serán publicadas en el Portal Electrónico de la Transparencia y la Participación
Ciudadana, conforme lo establecido en el artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de
Gobierno Abierto, así como en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, en la forma
establecida en los artículos 18 y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
2. D
 e acuerdo con lo anterior, la comparación de solicitudes se efectuará mediante los criterios
de valoración que se indican en el apartado siguiente.
Se podrá exceptuar del requisito de fijar un orden de prelación entre las solicitudes
presentadas que reúnan los requisitos establecidos para el caso de que el crédito