Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022062423)
Resolución de 28 de julio de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Educación y Empleo y Elecnor Servicios y Proyectos, SAU, para el desarrollo de programas formativos de formación profesional dual y la formación en centros de trabajo, correspondientes a las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 152
38857
Lunes 8 de agosto de 2022
4. Que el Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato para
la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la formación profesional dual, fija
en su Título III, bajo la rúbrica Formación profesional dual del sistema educativo, el marco
para el desarrollo de proyectos de formación profesional dual en el sistema educativo, con
la coparticipación de los centros educativos y las empresas colaboradoras.
5.
Que el apartado 1 del artículo 29 del Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre,
establece que los centros educativos autorizados para impartir ciclos formativos de
formación profesional podrán suscribir convenios de colaboración con empresas del sector
correspondiente, de acuerdo con lo que determine la normativa autonómica.
6. Que el apartado 5 del artículo 8 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se
establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo indica que
con el fin de facilitar al alumnado la adquisición de las competencias correspondientes, las
Administraciones educativas, en el marco de sus competencias, promoverán la autonomía
pedagógica organizativa y de gestión de los centros que impartan formación profesional,
fomentarán el trabajo en equipo del profesorado y el desarrollo de planes de formación,
investigación e innovación en su ámbito docente, así como las actuaciones que favorezcan
la mejora continua de los procesos formativos.
7. La Consejería de Educación y Empleo y Elecnor Servicios y Proyectos, S.A.U., reconocen
que la formación profesional tiene por finalidad preparar al alumnado para la actividad en
un campo profesional y facilitar su adaptación que puedan producirse a lo largo de su vida.
La formación profesional está directamente influenciada por los cambios actuales en los
medios técnicos y por los nuevos sistemas de organización laboral de los distintos sectores
productivos, en particular, aquellos relacionados con la especialización y polivalencia en el
mundo del trabajo. Por ello, el adecuado desarrollo de enseñanzas de formación profesional
requiere la colaboración de diversos agentes, de forma que permita conocer, relacionar y
estrechar los lazos del sistema educativo con los distintos sectores económicos.
Por todo lo mencionado anteriormente, y con el objeto de alcanzar estos objetivos, se lleva
a cabo por ambas partes la suscripción del presente convenio.
ACUERDAN
1. Suscribir el presente convenio para el desarrollo de proyectos de formación profesional dual
y la formación en centros de trabajo del sistema educativo en Extremadura.
2. Incorporar al presente convenio, a lo largo del periodo de vigencia, el programa de formación
(Anexo III.a y III.b para la formación profesional dual y Anexo II para la formación en
38857
Lunes 8 de agosto de 2022
4. Que el Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato para
la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la formación profesional dual, fija
en su Título III, bajo la rúbrica Formación profesional dual del sistema educativo, el marco
para el desarrollo de proyectos de formación profesional dual en el sistema educativo, con
la coparticipación de los centros educativos y las empresas colaboradoras.
5.
Que el apartado 1 del artículo 29 del Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre,
establece que los centros educativos autorizados para impartir ciclos formativos de
formación profesional podrán suscribir convenios de colaboración con empresas del sector
correspondiente, de acuerdo con lo que determine la normativa autonómica.
6. Que el apartado 5 del artículo 8 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se
establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo indica que
con el fin de facilitar al alumnado la adquisición de las competencias correspondientes, las
Administraciones educativas, en el marco de sus competencias, promoverán la autonomía
pedagógica organizativa y de gestión de los centros que impartan formación profesional,
fomentarán el trabajo en equipo del profesorado y el desarrollo de planes de formación,
investigación e innovación en su ámbito docente, así como las actuaciones que favorezcan
la mejora continua de los procesos formativos.
7. La Consejería de Educación y Empleo y Elecnor Servicios y Proyectos, S.A.U., reconocen
que la formación profesional tiene por finalidad preparar al alumnado para la actividad en
un campo profesional y facilitar su adaptación que puedan producirse a lo largo de su vida.
La formación profesional está directamente influenciada por los cambios actuales en los
medios técnicos y por los nuevos sistemas de organización laboral de los distintos sectores
productivos, en particular, aquellos relacionados con la especialización y polivalencia en el
mundo del trabajo. Por ello, el adecuado desarrollo de enseñanzas de formación profesional
requiere la colaboración de diversos agentes, de forma que permita conocer, relacionar y
estrechar los lazos del sistema educativo con los distintos sectores económicos.
Por todo lo mencionado anteriormente, y con el objeto de alcanzar estos objetivos, se lleva
a cabo por ambas partes la suscripción del presente convenio.
ACUERDAN
1. Suscribir el presente convenio para el desarrollo de proyectos de formación profesional dual
y la formación en centros de trabajo del sistema educativo en Extremadura.
2. Incorporar al presente convenio, a lo largo del periodo de vigencia, el programa de formación
(Anexo III.a y III.b para la formación profesional dual y Anexo II para la formación en