Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Acción Cinegética. Ayudas. (2022050140)
Orden de 1 de agosto de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la gestión de subproductos animales no destinados al consumo humano (SANDACH), vinculadas a las acciones cinegéticas de caza mayor colectiva llevadas a cabo en cotos cuyo titular sea una Sociedad Local de Cazadores y Cazadoras en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 152
38717
Lunes 8 de agosto de 2022
Estas ayudas serán financiadas con fondos propios de la Comunidad de Extremadura y estarán subordinadas al cumplimiento de lo establecido en el Reglamento (UE) n.º 1408/2013, de
la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108
del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de mínimis, (DOUE, Serie L
352, de 24 de diciembre), modificado por el Reglamento UE 2019/316 de la Comisión de 21
de febrero de 2019 (DOUE, L51/1 de 22 de febrero de 2019).
Para la elaboración de estas bases reguladoras se han tenido en cuenta las disposiciones de
la Ley 8/2011, 23 de marzo, de Igualdad entre mujeres y hombres y contra la violencia de
género en Extremadura y de la Ley Orgánica 31/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
Por cuanto queda expuesto, en virtud de lo previsto en artículo 16 de la Ley 6/2011, de 23
de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura modificada por la
Ley 8/2019 de 5 de abril, para una Administración más ágil en la Comunidad Autónoma de
Extremadura (en adelante Ley 6/2011, de 23 de marzo) , los artículos 36 f) y 92.1 de la Ley
1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 9.1.12 del Estatuto de
Autonomía de Extremadura, en su redacción dada por la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero
y a propuesta de la Dirección General de Agricultura y Ganadería,
DISPONGO
Artículo 1. Objeto y ámbito.
Constituye el objeto de la presente orden la determinación de las bases que han de regir la
concesión de ayudas para la gestión de subproductos animales no destinados al consumo humano (en adelante SANDACH), vinculadas a las acciones cinegéticas de caza mayor colectiva
llevadas a cabo en cotos cuyo titular sea una Sociedad Local de Cazadores y Cazadoras en la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
Estas ayudas se conceden al amparo de lo establecido el Reglamento (UE) n.º 1408/2013, de
la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108
del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de mínimis, modificado por
el Reglamento UE 2019/316 de la Comisión de 21 de febrero de 2019, y habrán de cumplir los
requisitos exigidos por dicha norma.
Artículo 2. Definiciones.
A los efectos de las presentes bases serán de aplicación los conceptos establecidos en la Ley
14/2010, de 9 de diciembre, de Caza de Extremadura, y en el Decreto 34/2016, de 15 de
38717
Lunes 8 de agosto de 2022
Estas ayudas serán financiadas con fondos propios de la Comunidad de Extremadura y estarán subordinadas al cumplimiento de lo establecido en el Reglamento (UE) n.º 1408/2013, de
la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108
del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de mínimis, (DOUE, Serie L
352, de 24 de diciembre), modificado por el Reglamento UE 2019/316 de la Comisión de 21
de febrero de 2019 (DOUE, L51/1 de 22 de febrero de 2019).
Para la elaboración de estas bases reguladoras se han tenido en cuenta las disposiciones de
la Ley 8/2011, 23 de marzo, de Igualdad entre mujeres y hombres y contra la violencia de
género en Extremadura y de la Ley Orgánica 31/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
Por cuanto queda expuesto, en virtud de lo previsto en artículo 16 de la Ley 6/2011, de 23
de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura modificada por la
Ley 8/2019 de 5 de abril, para una Administración más ágil en la Comunidad Autónoma de
Extremadura (en adelante Ley 6/2011, de 23 de marzo) , los artículos 36 f) y 92.1 de la Ley
1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 9.1.12 del Estatuto de
Autonomía de Extremadura, en su redacción dada por la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero
y a propuesta de la Dirección General de Agricultura y Ganadería,
DISPONGO
Artículo 1. Objeto y ámbito.
Constituye el objeto de la presente orden la determinación de las bases que han de regir la
concesión de ayudas para la gestión de subproductos animales no destinados al consumo humano (en adelante SANDACH), vinculadas a las acciones cinegéticas de caza mayor colectiva
llevadas a cabo en cotos cuyo titular sea una Sociedad Local de Cazadores y Cazadoras en la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
Estas ayudas se conceden al amparo de lo establecido el Reglamento (UE) n.º 1408/2013, de
la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108
del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de mínimis, modificado por
el Reglamento UE 2019/316 de la Comisión de 21 de febrero de 2019, y habrán de cumplir los
requisitos exigidos por dicha norma.
Artículo 2. Definiciones.
A los efectos de las presentes bases serán de aplicación los conceptos establecidos en la Ley
14/2010, de 9 de diciembre, de Caza de Extremadura, y en el Decreto 34/2016, de 15 de