Consejería De Educación Y Empleo. Educación. (2022040159)
Decreto 107/2022, de 28 de julio, por el que se establecen la ordenación y el currículo de la Educación Primaria para la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 151
Viernes 5 de agosto de 2022
38127
5. L
as medidas organizativas, metodológicas y curriculares que se adopten a tal fin se regirán
por los principios del Diseño Universal para el Aprendizaje (DUA).
Artículo 5. Principios pedagógicos.
1. E
n esta etapa se pondrá especial énfasis en garantizar la inclusión educativa, la atención
personalizada al alumnado y a sus necesidades de aprendizaje, la participación y la convivencia, la prevención de dificultades de aprendizaje y la puesta en práctica de mecanismos
de refuerzo y flexibilización, alternativas metodológicas u otras medidas adecuadas tan
pronto como se detecte cualquiera de estas situaciones.
2. L
a intervención educativa buscará desarrollar y asentar progresivamente las bases que
faciliten a cada alumno o alumna una adecuada adquisición de las competencias clave
previstas en el Perfil de salida del alumnado al término de la enseñanza básica, teniendo
siempre en cuenta su proceso madurativo individual, así como los niveles de desempeño
esperados para esta etapa.
3. S
in perjuicio de su tratamiento específico en algunas de las áreas de la etapa, la comprensión lectora, la expresión oral y escrita, la comunicación audiovisual, la competencia digital,
el fomento de la creatividad, del espíritu científico y del emprendimiento se trabajarán en
todas las áreas.
4. L
os aprendizajes que tengan carácter instrumental para la adquisición de otras competencias recibirán especial consideración.
5. De igual modo, desde todas las áreas se promoverá la igualdad entre hombres y mujeres,
la educación para la paz, la educación para el consumo responsable y el desarrollo sostenible y la educación para la salud, incluida la afectivo-sexual.
6. A
simismo, se pondrá especial atención a la orientación educativa, la acción tutorial y la
educación emocional y en valores.
7. Se potenciará el aprendizaje significativo que promueva la autonomía y la reflexión.
8. A
fin de fomentar el hábito y el dominio de la lectura, todos los centros educativos dedicarán un tiempo diario a la misma, en los términos recogidos en su proyecto educativo. Para
facilitar dicha práctica, la Consejería competente en materia de educación promoverá planes de fomento de la lectura y de alfabetización en diversos medios, tecnologías y lenguajes. Para ello se contará, en su caso, con la colaboración de las familias o tutores legales y
del voluntariado, así como con el intercambio de buenas prácticas y la potenciación de las
bibliotecas escolares.
Viernes 5 de agosto de 2022
38127
5. L
as medidas organizativas, metodológicas y curriculares que se adopten a tal fin se regirán
por los principios del Diseño Universal para el Aprendizaje (DUA).
Artículo 5. Principios pedagógicos.
1. E
n esta etapa se pondrá especial énfasis en garantizar la inclusión educativa, la atención
personalizada al alumnado y a sus necesidades de aprendizaje, la participación y la convivencia, la prevención de dificultades de aprendizaje y la puesta en práctica de mecanismos
de refuerzo y flexibilización, alternativas metodológicas u otras medidas adecuadas tan
pronto como se detecte cualquiera de estas situaciones.
2. L
a intervención educativa buscará desarrollar y asentar progresivamente las bases que
faciliten a cada alumno o alumna una adecuada adquisición de las competencias clave
previstas en el Perfil de salida del alumnado al término de la enseñanza básica, teniendo
siempre en cuenta su proceso madurativo individual, así como los niveles de desempeño
esperados para esta etapa.
3. S
in perjuicio de su tratamiento específico en algunas de las áreas de la etapa, la comprensión lectora, la expresión oral y escrita, la comunicación audiovisual, la competencia digital,
el fomento de la creatividad, del espíritu científico y del emprendimiento se trabajarán en
todas las áreas.
4. L
os aprendizajes que tengan carácter instrumental para la adquisición de otras competencias recibirán especial consideración.
5. De igual modo, desde todas las áreas se promoverá la igualdad entre hombres y mujeres,
la educación para la paz, la educación para el consumo responsable y el desarrollo sostenible y la educación para la salud, incluida la afectivo-sexual.
6. A
simismo, se pondrá especial atención a la orientación educativa, la acción tutorial y la
educación emocional y en valores.
7. Se potenciará el aprendizaje significativo que promueva la autonomía y la reflexión.
8. A
fin de fomentar el hábito y el dominio de la lectura, todos los centros educativos dedicarán un tiempo diario a la misma, en los términos recogidos en su proyecto educativo. Para
facilitar dicha práctica, la Consejería competente en materia de educación promoverá planes de fomento de la lectura y de alfabetización en diversos medios, tecnologías y lenguajes. Para ello se contará, en su caso, con la colaboración de las familias o tutores legales y
del voluntariado, así como con el intercambio de buenas prácticas y la potenciación de las
bibliotecas escolares.