Consejería De Educación Y Empleo. Educación. (2022040159)
Decreto 107/2022, de 28 de julio, por el que se establecen la ordenación y el currículo de la Educación Primaria para la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 151
Viernes 5 de agosto de 2022
38126
e) S
aberes básicos: conocimientos, destrezas y actitudes que constituyen los contenidos
propios de un área y cuyo aprendizaje es necesario para la adquisición de las competencias específicas.
f) Criterios de evaluación: referentes que indican los niveles de desempeño esperados en
el alumnado en las situaciones o actividades a las que se refieren las competencias específicas de cada área en un momento determinado de su proceso de aprendizaje.
g) Situaciones de aprendizaje: situaciones y actividades que implican el despliegue por
parte del alumnado de actuaciones asociadas a competencias clave y competencias
específicas, que contribuyen a la adquisición y desarrollo de las mismas, y que les permitirán transferirlas a los entornos cercanos, a la realidad y sus intereses, favoreciendo
su desarrollo mediante la movilización y articulación de un conjunto de saberes.
Artículo 3. Fines.
La finalidad de la Educación Primaria es facilitar a los alumnos y alumnas los aprendizajes de
la expresión y comprensión oral, la lectura, la escritura, el cálculo, las habilidades lógicas y
matemáticas, la adquisición de nociones básicas de la cultura y el hábito de convivencia, así
como los de estudio y trabajo, el sentido artístico, la creatividad y la afectividad, con el fin de
garantizar una formación integral que contribuya al pleno desarrollo de su personalidad y a su
preparación para cursar con aprovechamiento la Educación Secundaria Obligatoria.
Artículo 4. Principios generales.
1. L
a Educación Primaria tiene carácter obligatorio y gratuito. Comprende seis cursos académicos y constituye, junto con la Educación Secundaria Obligatoria y los Ciclos Formativos
de Grado Básico, la Educación Básica.
2. Con carácter general, se cursará entre los seis y los doce años de edad y los alumnos y
alumnas se incorporarán al primer curso de la Educación Primaria en el año natural en el
que cumplan seis años.
3. L
a Educación Primaria comprende tres ciclos de dos cursos académicos cada uno y se organiza en áreas que tendrán un carácter global e integrador, estarán orientadas al desarrollo
de las competencias clave y específicas del alumnado y podrán organizarse en ámbitos.
4. L
a acción educativa en esta etapa procurará la integración de las distintas experiencias
y aprendizajes del alumnado desde una perspectiva global y se adaptará a sus ritmos de
trabajo.
Viernes 5 de agosto de 2022
38126
e) S
aberes básicos: conocimientos, destrezas y actitudes que constituyen los contenidos
propios de un área y cuyo aprendizaje es necesario para la adquisición de las competencias específicas.
f) Criterios de evaluación: referentes que indican los niveles de desempeño esperados en
el alumnado en las situaciones o actividades a las que se refieren las competencias específicas de cada área en un momento determinado de su proceso de aprendizaje.
g) Situaciones de aprendizaje: situaciones y actividades que implican el despliegue por
parte del alumnado de actuaciones asociadas a competencias clave y competencias
específicas, que contribuyen a la adquisición y desarrollo de las mismas, y que les permitirán transferirlas a los entornos cercanos, a la realidad y sus intereses, favoreciendo
su desarrollo mediante la movilización y articulación de un conjunto de saberes.
Artículo 3. Fines.
La finalidad de la Educación Primaria es facilitar a los alumnos y alumnas los aprendizajes de
la expresión y comprensión oral, la lectura, la escritura, el cálculo, las habilidades lógicas y
matemáticas, la adquisición de nociones básicas de la cultura y el hábito de convivencia, así
como los de estudio y trabajo, el sentido artístico, la creatividad y la afectividad, con el fin de
garantizar una formación integral que contribuya al pleno desarrollo de su personalidad y a su
preparación para cursar con aprovechamiento la Educación Secundaria Obligatoria.
Artículo 4. Principios generales.
1. L
a Educación Primaria tiene carácter obligatorio y gratuito. Comprende seis cursos académicos y constituye, junto con la Educación Secundaria Obligatoria y los Ciclos Formativos
de Grado Básico, la Educación Básica.
2. Con carácter general, se cursará entre los seis y los doce años de edad y los alumnos y
alumnas se incorporarán al primer curso de la Educación Primaria en el año natural en el
que cumplan seis años.
3. L
a Educación Primaria comprende tres ciclos de dos cursos académicos cada uno y se organiza en áreas que tendrán un carácter global e integrador, estarán orientadas al desarrollo
de las competencias clave y específicas del alumnado y podrán organizarse en ámbitos.
4. L
a acción educativa en esta etapa procurará la integración de las distintas experiencias
y aprendizajes del alumnado desde una perspectiva global y se adaptará a sus ritmos de
trabajo.