Consejería De Educación Y Empleo. Educación. (2022040159)
Decreto 107/2022, de 28 de julio, por el que se establecen la ordenación y el currículo de la Educación Primaria para la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 151
Viernes 5 de agosto de 2022

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157/2022, de 1 de marzo, al incluir entre los objetivos generales de la etapa, en su artículo
7, letra i) lo siguiente: “Desarrollar las competencias tecnológicas básicas e iniciarse en su
utilización, para el aprendizaje, desarrollando un espíritu crítico ante su funcionamiento y los
mensajes que reciben y elaboran”.
Los saberes básicos de las distintas áreas deben entenderse sin perjuicio del carácter global
de la etapa de Educación Primaria y de la necesidad de integrar las distintas experiencias y
aprendizajes del alumnado. Aparecen organizados en bloques coherentes y distribuidos a lo
largo de la etapa.
El horizonte educativo en esta etapa, en suma, es el de promover la autonomía del alumnado,
no solo en los aspectos cognitivos o intelectuales, sino también en su desarrollo físico, social,
moral y afectivo. A ello han de contribuir el currículo y toda la acción educativa, tanto la desarrollada a través de cada una de las áreas concretas, como la ejercida a través de la acción
tutorial y la orientación educativa.
El presente decreto se adecúa a los principios de buena regulación contenidos en el artículo
129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en particular, a los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia.
Así, de acuerdo con los principios de necesidad y eficacia, la iniciativa normativa se encuentra
justificada por una razón de interés general, habiéndose identificado los fines perseguidos y
entendiéndose que es el decreto el instrumento más adecuado para garantizar su consecución.
Por otra parte, las medidas contenidas en el mismo son adecuadas y proporcionadas a las necesidades que exigen su dictado, habiéndose constatado que no existen otras medidas menos
restrictivas de derechos, o que impongan menos obligaciones a los destinatarios. A su vez,
como garantía del principio de seguridad jurídica, esta iniciativa normativa se adopta de manera coherente con el resto del ordenamiento jurídico, generando un marco normativo de certidumbre, que facilita su conocimiento y, en consecuencia, la actuación y toma de decisiones.
Responde al principio de transparencia con los trámites de publicación en el Portal de la Transparencia y los informes requeridos a los órganos consultivos de la administración autonómica.
Respecto al principio de eficiencia, no se imponen más cargas que las estrictamente necesarias.
En virtud de todo lo anterior, previo dictamen del Consejo Escolar de Extremadura de fecha
12 de mayo de 2022, a propuesta de la Consejería de Educación y Empleo, de acuerdo con
la Comisión Jurídica de Extremadura, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su
reunión de 28 de julio de 2022,