Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022061839)
Resolución de 2 de junio de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Universidad Carlos III de Madrid y la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura sobre la realización de prácticas por parte del alumnado matriculado en las distintas modalidades de Máster Universitario.
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NÚMERO 123
Martes, 28 de junio de 2022

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Octava. Seguros.
El alumnado estará cubierto, en caso de accidente, enfermedad o infortunio familiar por el Seguro Escolar, en los términos y condiciones que establece la legislación vigente. En el caso de
estudiantes mayores de 28 años deberán estar cubiertos por un seguro de accidentes, cuya
cuantía correrá bien a cargo del estudiante o de la universidad, debiendo aportar una copia
de este previo al inicio de la práctica curricular. Además, queda garantizada la responsabilidad
civil de daños a terceros que puedan ocasionar los estudiantes en prácticas por la póliza que
la Universidad Carlos III de Madrid debe tener suscrita a tales efectos
Novena. Comisión de Seguimiento.
Para el seguimiento, vigilancia y control del convenio se constituirá una Comisión de Seguimiento formada por un (1) representante de cada una de las partes. La persona que ostente
la representación de la UC3M será nombrada por el Rector Magnífico y la de la Consejería
será nombrado por la persona responsable del centro donde se lleven a cabo las prácticas.
La Comisión de Seguimiento tendrá como función resolver los problemas de interpretación
y cumplimiento que puedan plantearse en relación con el convenio. Igualmente, la Comisión
podrá en cualquier momento proponer a las partes la modificación de las Estipulaciones del
presente Convenio, así como la supresión o adenda de cualquier otra que estime oportuna.
Décima. Protección de datos de carácter personal y derechos digitales.
Las partes se comprometen a cumplir, en los términos que sea de aplicación, lo establecido
en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y disposiciones de desarrollo, así como en el Reglamento (UE)
2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre
circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General
de protección de datos, RGPD).
1) Datos personales de los estudiantes que realizarán prácticas:
Para la correcta ejecución de las prácticas descritas en el presente convenio es necesario
que la Consejería trate datos de carácter personal de los alumnos participantes como Responsable de dichos tratamientos.
La Consejería tiene la consideración de responsable del tratamiento de los datos personales de los alumnos comunicados por la Universidad Carlos III de Madrid, ya que determina
los medios y los fines de los tratamientos de datos necesarios para la realización de las
prácticas universitarias que constituyen el objeto de este Convenio.