Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022061839)
Resolución de 2 de junio de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Universidad Carlos III de Madrid y la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura sobre la realización de prácticas por parte del alumnado matriculado en las distintas modalidades de Máster Universitario.
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NÚMERO 123
Martes, 28 de junio de 2022

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Cuarta. Obligaciones y derechos de las partes.
La Consejería, a través del centro de prácticas, tendrá las siguientes obligaciones:
1. P
 roporcionar a la Universidad Carlos III de Madrid, la información que le solicite en relación
con la práctica o el resultado de ésta.
2. I nformar a la Universidad sobre el desempeño de la actividad desarrollada por el alumnado
en prácticas. Cumplir las condiciones contenidas en la normativa que resulte de aplicación,
el reglamento regulador de las prácticas académicas externas, en el convenio de cooperación educativa y en el anexo de prácticas.
3. N
 ombrar a una persona encargada de la tutoría que se encargue de efectuar el seguimiento
de las prácticas y, en particular, de garantizar el proceso formativo del alumnado en la entidad, así como de comunicar cualquier incidencia sobre las prácticas al tutor/a académico.
4. C
 umplir con las normas vigentes sobre seguridad y prevención de riesgos laborales.
5. G
 arantizar la formación complementaria que precise el alumnado para realizar las prácticas, entre otras, las condiciones de seguridad e higiene y sobre las medidas de prevención
a adoptar en las instalaciones donde se van a desarrollar las prácticas.
6. F
 acilitar al alumnado la asistencia a los exámenes, pruebas de evaluación y otras actividades obligatorias de las asignaturas en las que esté matriculado, así como a las reuniones
de los órganos colegiados de gobierno de la Universidad a los que pertenezca.
7. F
 acilitar a la persona que ostente la tutoría académica académico el acceso a la entidad
para el cumplimiento de los fines propios de su función.
8. P
 roporcionar a alumnado los medios materiales indispensables para el desarrollo de las
prácticas.
9. C
 umplimentar un informe y encuesta final por cada estudiante, una vez finalizado el período de prácticas.
Asimismo, tendrá los siguientes derechos:
1. R
 econocimiento efectivo por la universidad de su labor mediante documento acreditativo
expedido al efecto.
2. R
 espeto a la confidencialidad de sus datos tratados en el transcurso de la práctica.
3. N
 o interferencia entre el desarrollo de la práctica con el normal desenvolvimiento de las
tareas propias de los centros adscritos a la Consejería.