Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022061838)
Resolución de 2 de junio de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población, y Territorio y el Ayuntamiento de Guadalupe, para la revisión del Plan Periurbano de Prevención de Incendios, con resolución aprobatoria anterior a la Orden de 24 de octubre de 2016, Técnica del Plan de Prevención de Incendios Forestales en la Comunidad Autónoma de Extremadura (PREIFEX).
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NÚMERO 123
30274
Martes, 28 de junio de 2022
Octava. Naturaleza y Jurisdicción competente.
El presente Convenio tiene naturaleza administrativa y se suscribe de conformidad con lo
dispuesto en el Título Preliminar, Capítulo VI de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público.
El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para resolver las controversias que puedan surgir entre las partes en relación con la interpretación, aplicación y
ejecución del presente convenio, de acuerdo con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE núm. 167, de 14 de julio).
Novena. Publicidad.
El Convenio de colaboración estará sujeto al régimen de publicidad exigido por el artículo 10
de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura (BOE núm. 99, de 24
de mayo) y el artículo 46 de la Ley 3/2021, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales
de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2022”.
Y en prueba de conformidad, firman las partes el presente documento digitalmente.
La Consejera de Agricultura, Desarrollo
Rural, Población y Territorio.
(P.A.) Secretaria General.
(Res. 23 julio de 2019 DOE n.º 144 de 26 julio de 2019)
MARÍA CURIEL MUÑOZ
El Alcalde Presidente del
Ayuntamiento de Guadalupe.
FELIPE SÁNCHEZ BARBA
30274
Martes, 28 de junio de 2022
Octava. Naturaleza y Jurisdicción competente.
El presente Convenio tiene naturaleza administrativa y se suscribe de conformidad con lo
dispuesto en el Título Preliminar, Capítulo VI de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público.
El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para resolver las controversias que puedan surgir entre las partes en relación con la interpretación, aplicación y
ejecución del presente convenio, de acuerdo con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE núm. 167, de 14 de julio).
Novena. Publicidad.
El Convenio de colaboración estará sujeto al régimen de publicidad exigido por el artículo 10
de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura (BOE núm. 99, de 24
de mayo) y el artículo 46 de la Ley 3/2021, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales
de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2022”.
Y en prueba de conformidad, firman las partes el presente documento digitalmente.
La Consejera de Agricultura, Desarrollo
Rural, Población y Territorio.
(P.A.) Secretaria General.
(Res. 23 julio de 2019 DOE n.º 144 de 26 julio de 2019)
MARÍA CURIEL MUÑOZ
El Alcalde Presidente del
Ayuntamiento de Guadalupe.
FELIPE SÁNCHEZ BARBA