Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022061802)
Resolución de 31 de mayo de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza la transferencia específica plurianual a favor del Centro de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Extremadura (CICYTEX) para financiar la realización de ensayos oficiales de valor agronómico, precontrol y postcontrol de varias especies vegetales, en el ámbito de las actuaciones propias de la Dirección General de Agricultura y Ganadería de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura, para los ejercicios 2022 a 2023.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 121
Viernes, 24 de junio de 2022
29729
a) Por el transcurso del plazo de vigencia sin haberse acordado la prórroga del mismo.
b) Por acuerdo unánime de las partes.
c) Por el incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por alguno de los
firmantes.
d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del mismo.
III. La Comisión de Seguimiento que se instituye en este texto será la competente para conocer y valorar los incumplimientos que cualquiera de las partes denuncien en cuanto
a las recíprocas obligaciones y compromisos que contraen en el mismo, así como para
decidir, a la vista del impacto de esos incumplimientos sobre el interés público que con él
se persigue, la continuidad de la vigencia de los acuerdos que en el mismo se contienen o
su resolución, y valorar, con apoyo de los informes técnicos que se precisen al efecto, los
daños y perjuicios resultantes y su reclamación, por las vías que resulten preceptivas o,
en su defecto, se entendieren más oportunas, a quien hubiere sido declarado incumplidor.
Novena. Información, confidencialidad y protección de datos.
Las informaciones que las partes puedan haberse revelado para la consecución del presente
convenio y referida a sus actividades, así como las que se revelen como consecuencia de su
ejecución tendrá la consideración de confidencial debiendo las partes guardar secreto sobre
toda la información a la que puedan tener acceso, todo ello con la salvedad de que la misma
sea de dominio público o se conociera legal o legítimamente por la otra. El deber de confidencialidad permanecerá durante el plazo de vigencia del convenio y subsistirá tras su extinción,
comprometiéndose las partes a devolverse o destruir la información confidencial a la que pudieran haber accedido sin que sea necesario previo requerimiento para ello.
Las partes se comprometen a cumplir lo establecido en las disposiciones en materia de protección de datos y especialmente lo estipulado por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre,
de Protección de datos Personales y garantía de los derechos digitales. «BOE» núm. 294, de
6 de diciembre de 2018, con el fin de la correcta gestión.
Décima. Publicidad.
La identificación de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, deberá aparecer en todos los soportes publicitarios de las actividades que se realicen con los
fondos de esta transferencia específica y se deberán cumplir las prescripciones sobre identificación, información y publicidad de las inversiones realizadas por la Junta de Extremadura,
recogidas en la correspondiente normativa.
Viernes, 24 de junio de 2022
29729
a) Por el transcurso del plazo de vigencia sin haberse acordado la prórroga del mismo.
b) Por acuerdo unánime de las partes.
c) Por el incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por alguno de los
firmantes.
d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del mismo.
III. La Comisión de Seguimiento que se instituye en este texto será la competente para conocer y valorar los incumplimientos que cualquiera de las partes denuncien en cuanto
a las recíprocas obligaciones y compromisos que contraen en el mismo, así como para
decidir, a la vista del impacto de esos incumplimientos sobre el interés público que con él
se persigue, la continuidad de la vigencia de los acuerdos que en el mismo se contienen o
su resolución, y valorar, con apoyo de los informes técnicos que se precisen al efecto, los
daños y perjuicios resultantes y su reclamación, por las vías que resulten preceptivas o,
en su defecto, se entendieren más oportunas, a quien hubiere sido declarado incumplidor.
Novena. Información, confidencialidad y protección de datos.
Las informaciones que las partes puedan haberse revelado para la consecución del presente
convenio y referida a sus actividades, así como las que se revelen como consecuencia de su
ejecución tendrá la consideración de confidencial debiendo las partes guardar secreto sobre
toda la información a la que puedan tener acceso, todo ello con la salvedad de que la misma
sea de dominio público o se conociera legal o legítimamente por la otra. El deber de confidencialidad permanecerá durante el plazo de vigencia del convenio y subsistirá tras su extinción,
comprometiéndose las partes a devolverse o destruir la información confidencial a la que pudieran haber accedido sin que sea necesario previo requerimiento para ello.
Las partes se comprometen a cumplir lo establecido en las disposiciones en materia de protección de datos y especialmente lo estipulado por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre,
de Protección de datos Personales y garantía de los derechos digitales. «BOE» núm. 294, de
6 de diciembre de 2018, con el fin de la correcta gestión.
Décima. Publicidad.
La identificación de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, deberá aparecer en todos los soportes publicitarios de las actividades que se realicen con los
fondos de esta transferencia específica y se deberán cumplir las prescripciones sobre identificación, información y publicidad de las inversiones realizadas por la Junta de Extremadura,
recogidas en la correspondiente normativa.