Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022061801)
Resolución de 31 de mayo de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza la transferencia específica plurianual a favor del Centro de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Extremadura (CICYTEX) para financiar la estrategia integral en materia de I+D+i para el conocimiento, mejora y valorización del cultivo de tenca (Tinca tinca L.) en Extremadura, en el ámbito del desarrollo y fomento de la I+D+i en acuicultura, de la Dirección General de Política Forestal de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio.
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NÚMERO 121
Viernes, 24 de junio de 2022

29695

La Presidencia de la Comisión de Seguimiento corresponde a la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura, ostentando voto de calidad
en caso de empate. El ejercicio de las funciones de secretario de la Comisión de Seguimiento
corresponderá a uno de los representantes de CICYTEX.
La Comisión de Seguimiento establecerá las directrices básicas de organización y funcionamiento del presente convenio. A la Comisión de Seguimiento le corresponden, entre otras, las
siguientes funciones:
• Realizar el seguimiento de las actuaciones ejecutadas en virtud de la presente transferencia
verificando su adecuada progresión y el alcance de los objetivos del proyecto a desarrollar.
• Aclarar y resolver cuantas dudas y controversias pudieran surgir en la interpretación y
ejecución del presente convenio.
• Recabar la información que sea razonable para el seguimiento de las actuaciones tanto
en los aspectos científicos y técnicos como en los económicos y organizativos, debiendo
garantizar CICYTEX, la disponibilidad de la información.
• Aprobar, cuando no sean objeto de adenda, las modificaciones previstas en la cláusula
séptima del presente convenio.
Séptima. Eficacia, duración y resolución.
La eficacia del presente convenio será desde el momento de la firma hasta el 31 de diciembre
de 2022, sin perjuicio de lo dispuesto en las cláusulas cuarta y quinta respecto a la ejecución
del proyecto y el plazo y forma de justificar la transferencia específica.
Causas de extinción del convenio:
I. El presente convenio podrá extinguirse por cumplimiento de las actuaciones objeto del mismo o por incurrir en causa de resolución.
II. Causas de resolución:
a) Por el transcurso del plazo de vigencia sin haberse acordado la prórroga del mismo.
b) Por acuerdo unánime de las partes.
c) Por el incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por alguno de los
firmantes.
d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del mismo.