Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022061800)
Resolución de 31 de mayo de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre el Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica, y el Centro de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Extremadura (CICYTEX), para la realización de un proyecto de desarrollo experimental denominado "Estudio sobre la incidencia de enfermedades de la madera en viñedos jóvenes en ambas regiones (Extremadura-Tierra de Barros y Andalucía-Marco de Jerez). Identificación de agentes causales y estrategias de prevención y control", en coparticipación sin aportación financiera entre partes.
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NÚMERO 121
29670
Viernes, 24 de junio de 2022
EXPONEN
Primero. Que, como se indica en el artículo 2 de la Ley 1/2003, de 10 de abril, de creación de
IFAPA, es objetivo de este Instituto, contribuir a la modernización de los sectores agrario, pesquero y alimentario de Andalucía, y a la mejora de su competitividad a través de la investigación, la innovación, la transferencia de tecnología y la formación de agricultores, pescadores,
técnicos y trabajadores de esos sectores. Que IFAPA actúa en el ejercicio de las competencias
de fomento de la investigación, título atribuido a las Comunidades Autónomas por el artículo
148.1.17ª de la Constitución y conforme a la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía. Dichas competencias se encuentran asignadas
a IFAPA por la Ley 1/2003, de 10 de abril, de su creación, y el Decreto 359/2003, de 22 de
diciembre, por el que se aprueban sus estatutos, modificado por Decreto 240/2008, de 13 de
mayo. A tal efecto, IFAPA desarrollará cuantas funciones sean necesarias para el cumplimiento de los objetivos previstos a través del fomento de la investigación, innovación, desarrollo y
aplicación de sistemas de producción agrícolas, ganaderos, pesqueros y acuícolas; pudiendo
celebrar convenios de colaboración con cualesquiera entidades públicas o privadas para el
desarrollo de programas de actuación en los ámbitos de la investigación, de la transferencia
de tecnología o de la formación en materia agraria, pesquera y alimentaria. En concreto, la
participación en el presente proyecto de desarrollo experimental „Estudio sobre la incidencia
de enfermedades de la madera en viñedos jóvenes en ambas regiones (Extremadura -Tierra
de Barros y Andalucía – Marco de Jerez). Identificación de agentes causales y estrategias de
prevención y control“, tiene su fundamento en las funciones que tiene atribuidas en el artículo
3.g) de sus estatutos “Fomentar la investigación, innovación, desarrollo y aplicación de sistemas de producción agrícolas, ganaderos, pesqueros y acuícolas que redunden en beneficio de
las explotaciones, los consumidores o el medio ambiente”.
Segundo. Que como se indica en el artículo 8 de la Ley 1/2003, de 10 de abril, de creación de
IFAPA, éste „podrá celebrar convenios de colaboración con cualesquiera entidades o instituciones públicas o privadas, para el desarrollo de programas de actuación en los ámbitos de la
investigación, de la transferencia tecnológica o de la formación en materia agraria, pesquera
y alimentaria“ y cómo organismo público de investigación del Sistema Andaluz del Conocimiento, de acuerdo con el artículo 32.2 y de la Ley 16/2007, de 3 de diciembre, Andaluza
de la Ciencia y el Conocimiento, IFAPA “podrá suscribir convenios de colaboración y celebrar
contratos, cuyo fin sea la realización de las siguientes actividades:
a) La investigación científica, el desarrollo o la innovación.
b) El uso y aprovechamiento, industrial o comercial, de las innovaciones, de los conocimientos científicos y de los resultados obtenidos y desarrollados por el organismo.
c) La prestación de servicios técnicos relacionados con los fines propios del organismo”.
29670
Viernes, 24 de junio de 2022
EXPONEN
Primero. Que, como se indica en el artículo 2 de la Ley 1/2003, de 10 de abril, de creación de
IFAPA, es objetivo de este Instituto, contribuir a la modernización de los sectores agrario, pesquero y alimentario de Andalucía, y a la mejora de su competitividad a través de la investigación, la innovación, la transferencia de tecnología y la formación de agricultores, pescadores,
técnicos y trabajadores de esos sectores. Que IFAPA actúa en el ejercicio de las competencias
de fomento de la investigación, título atribuido a las Comunidades Autónomas por el artículo
148.1.17ª de la Constitución y conforme a la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía. Dichas competencias se encuentran asignadas
a IFAPA por la Ley 1/2003, de 10 de abril, de su creación, y el Decreto 359/2003, de 22 de
diciembre, por el que se aprueban sus estatutos, modificado por Decreto 240/2008, de 13 de
mayo. A tal efecto, IFAPA desarrollará cuantas funciones sean necesarias para el cumplimiento de los objetivos previstos a través del fomento de la investigación, innovación, desarrollo y
aplicación de sistemas de producción agrícolas, ganaderos, pesqueros y acuícolas; pudiendo
celebrar convenios de colaboración con cualesquiera entidades públicas o privadas para el
desarrollo de programas de actuación en los ámbitos de la investigación, de la transferencia
de tecnología o de la formación en materia agraria, pesquera y alimentaria. En concreto, la
participación en el presente proyecto de desarrollo experimental „Estudio sobre la incidencia
de enfermedades de la madera en viñedos jóvenes en ambas regiones (Extremadura -Tierra
de Barros y Andalucía – Marco de Jerez). Identificación de agentes causales y estrategias de
prevención y control“, tiene su fundamento en las funciones que tiene atribuidas en el artículo
3.g) de sus estatutos “Fomentar la investigación, innovación, desarrollo y aplicación de sistemas de producción agrícolas, ganaderos, pesqueros y acuícolas que redunden en beneficio de
las explotaciones, los consumidores o el medio ambiente”.
Segundo. Que como se indica en el artículo 8 de la Ley 1/2003, de 10 de abril, de creación de
IFAPA, éste „podrá celebrar convenios de colaboración con cualesquiera entidades o instituciones públicas o privadas, para el desarrollo de programas de actuación en los ámbitos de la
investigación, de la transferencia tecnológica o de la formación en materia agraria, pesquera
y alimentaria“ y cómo organismo público de investigación del Sistema Andaluz del Conocimiento, de acuerdo con el artículo 32.2 y de la Ley 16/2007, de 3 de diciembre, Andaluza
de la Ciencia y el Conocimiento, IFAPA “podrá suscribir convenios de colaboración y celebrar
contratos, cuyo fin sea la realización de las siguientes actividades:
a) La investigación científica, el desarrollo o la innovación.
b) El uso y aprovechamiento, industrial o comercial, de las innovaciones, de los conocimientos científicos y de los resultados obtenidos y desarrollados por el organismo.
c) La prestación de servicios técnicos relacionados con los fines propios del organismo”.