Entidad Local Menor De Valdivia. Oferta De Empleo Público. (2022081037)
Anuncio de 16 de junio de 2022 sobre aprobación de la Oferta de Empleo Público para el año 2022.
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NÚMERO 121

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Viernes, 24 de junio de 2022

Se harán públicas, en el plazo máximo de tres días, a contar desde la finalización de la
prueba específica, las plantillas correctoras del proceso selectivo que incluya la realización de pruebas con respuestas alternativas.
6. L
 a composición del órgano de selección se atendrá a lo establecido en el artículo 60 del
texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y se garantizará la
paridad entre mujeres y hombres. Esta medida se tendrá en cuenta a la hora de nombrar los miembros que ostentarán la presidencia y secretaría de aquél.
7. E
 l órgano de selección aplicará en su actuación principios de austeridad y agilidad a la
hora de ordenar el desarrollo del proceso selectivo, sin perjuicio del cumplimiento de los
principios de actuación de conformidad con lo establecido en el texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público.
De conformidad con lo preceptuado en el apartado 1º in fine del artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y en el artículo 29.3 de la Ley 13/2015,
de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura, la ejecución de la Oferta de Empleo Público
o instrumento similar deberá desarrollarse dentro del plazo improrrogable de tres años.
En cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de
Régimen Local y el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado
Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, se publica la Oferta
de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal de la Entidad Local Menor de
Valdivia, en el Diario Oficial de Extremadura.
Contra dicha resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse alternativamente recurso de reposición ante la Alcaldía de esta entidad, en el plazo de un mes a contar
desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas; o bien directamente recurso contencioso administrativo
ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Mérida (Badajoz) o, a su elección, el que
corresponda a su domicilio, si este radica en Extremadura, en el plazo de dos meses a contar
desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Si se optara por interponer recurso de reposición no podrá interponerse recurso contenciosoadministrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso
que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Valdivia, 16 de junio de 2022. El Alcalde-Presidente, DIEGO CORRALIZA GUTIÉRREZ.

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