Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Normas Subsidiarias. (2022AC0048)
Acuerdo de 31 de marzo de 2022, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de modificación puntual del proyecto de delimitación de suelo urbano de Robledillo de Gata (M-003), consistente en reajustar el límite del suelo urbano, incluyendo en su perímetro la totalidad de la parcela catastral situada en la calle La Puente n.º 25.
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NÚMERO 121

29765

Viernes, 24 de junio de 2022

Así, se entiende que dejar fuera del suelo urbano parte de la parcela es más bien fruto de las
indefiniciones que generaba el sistema de delimitación del suelo urbano que establecía el Real
Decreto 2159/1978 que de la propia voluntad del equipo redactor del Proyecto de Delimitación de Suelo Urbano.
Cabe concluir que a modificación se ha tramitado hasta la fecha conforme al procedimiento
establecido en el artículo 49 de la LOTUS y cuenta con la documentación precisa para definir
y justificar sus determinaciones, teniendo en cuenta su objeto.
Considerando que el expediente que se tramita, más que una modificación en sí, no deja de
ser una forma de dotar al Proyecto de Delimitación de Suelo Urbano de una precisión y claridad que en el momento de su redacción no eran posibles, y que su aplicación en la actualidad, teniendo en cuenta los medios y técnicas existentes, origina indefiniciones que generan
inseguridad jurídica.
Estudiado el expediente de referencia, así como los informes emitidos por el personal adscrito
a la Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio, debatido el asunto y con el
fin de garantizar el control de la legalidad y el cumplimiento de los cometidos previstos en el
artículo 58.3 de la Ley 11/2018.
En su virtud, esta Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, vistos
los preceptos legales citados y demás de pertinente aplicación
ACUERDA
1. Aprobar definitivamente el expediente epigrafiado.
2. P
 ublicar este acuerdo en el Diario Oficial de Extremadura, en la sede electrónica y en el portal de transparencia de la Junta de Extremadura (artículos 57.5 y 57.7 de la Ley 11/2018).
Como anexo I al acuerdo se publicará la normativa urbanística afectada resultante de la
aprobación de la presente modificación.
Por otro lado, y a los efectos previstos en el artículo 25.3 del Real Decreto Legislativo
7/2015, también se acompañará un anexo II contemplativo de un resumen ejecutivo, en
el que, con la identificación de la empresa o técnico redactor del proyecto y su correspondiente cualificación empresarial o profesional, se recojan las características esenciales de la
nueva ordenación, junto con un extracto explicativo de sus posibles aspectos ambientales.
Y como anexo III se publicará el certificado del responsable del Registro Único de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, en el que se hará constar la fecha y n.º de
inscripción con la que se ha procedido al depósito previo del documento aprobado (artículo
57.6 de la Ley 11/2018).