Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022061799)
Resolución de 31 de mayo de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura, el Servicio Extremeño de Salud y el Centro de Formación Profesional en el Deporte y la Salud Málaga 2015, SL, para la realización de prácticas de formación profesional de la rama sanitaria.
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NÚMERO 120
Jueves, 23 de junio de 2022
29604
3. Facilitar el cumplimiento de la práctica a desarrollar por parte de cada estudiante.
4. V
elar por la plena integración del alumnado en la dinámica del centro de trabajo, por la
asunción y cumplimiento de la normativa que rige su funcionamiento y en especial la
relacionada con su uniformidad e identificación y con el cumplimiento de los principios
éticos y normas básicas de actuación.
5. E
mitir, a la finalización de las prácticas, un certificado por el que se reconozca a cada
estudiante el tiempo y contenido de prácticas realizado.
Sexta. Derechos y deberes de los estudiantes en prácticas.
Durante la realización de las prácticas formativas, el alumnado tendrá los siguientes derechos:
a) A la tutela, durante el período de duración de la correspondiente práctica, por un profesor
o profesora del centro de formación y por una persona profesional del centro de prácticas.
b) A la evaluación de acuerdo con los criterios establecidos por el centro de formación.
c) A la obtención de un informe por parte del centro de trabajo con mención expresa de la
actividad desarrollada, su duración y, en su caso, su rendimiento.
d) A recibir, por parte de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales y el Servicio Extremeño de Salud información de la normativa de seguridad y prevención de riesgos laborales.
e) A
cumplir con su actividad académica, formativa y de representación y participación,
previa comunicación con antelación suficiente a la Consejería de Sanidad y Servicios
Sociales y el Servicio Extremeño de Salud.
f) A disponer de los recursos necesarios para el acceso de los estudiantes con discapacidad
a la tutorización, a la información, a la evaluación y al propio desempeño de las prácticas
en igualdad de condiciones.
g) A disponer del régimen de permisos a que tenga derecho con arreglo a la normativa
vigente.
h) A
tener contratado por MEDAC un seguro de accidentes y otro de responsabilidad civil
para cubrir los perjuicios que pudieran causarse en el ejercicio de las prácticas objeto
de este acuerdo.
Asimismo, durante la realización de las prácticas formativas el alumnado deberá atender al
cumplimiento de los siguientes deberes:
a) Cumplir la normativa vigente relativa a prácticas externas establecida por MEDAC.
Jueves, 23 de junio de 2022
29604
3. Facilitar el cumplimiento de la práctica a desarrollar por parte de cada estudiante.
4. V
elar por la plena integración del alumnado en la dinámica del centro de trabajo, por la
asunción y cumplimiento de la normativa que rige su funcionamiento y en especial la
relacionada con su uniformidad e identificación y con el cumplimiento de los principios
éticos y normas básicas de actuación.
5. E
mitir, a la finalización de las prácticas, un certificado por el que se reconozca a cada
estudiante el tiempo y contenido de prácticas realizado.
Sexta. Derechos y deberes de los estudiantes en prácticas.
Durante la realización de las prácticas formativas, el alumnado tendrá los siguientes derechos:
a) A la tutela, durante el período de duración de la correspondiente práctica, por un profesor
o profesora del centro de formación y por una persona profesional del centro de prácticas.
b) A la evaluación de acuerdo con los criterios establecidos por el centro de formación.
c) A la obtención de un informe por parte del centro de trabajo con mención expresa de la
actividad desarrollada, su duración y, en su caso, su rendimiento.
d) A recibir, por parte de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales y el Servicio Extremeño de Salud información de la normativa de seguridad y prevención de riesgos laborales.
e) A
cumplir con su actividad académica, formativa y de representación y participación,
previa comunicación con antelación suficiente a la Consejería de Sanidad y Servicios
Sociales y el Servicio Extremeño de Salud.
f) A disponer de los recursos necesarios para el acceso de los estudiantes con discapacidad
a la tutorización, a la información, a la evaluación y al propio desempeño de las prácticas
en igualdad de condiciones.
g) A disponer del régimen de permisos a que tenga derecho con arreglo a la normativa
vigente.
h) A
tener contratado por MEDAC un seguro de accidentes y otro de responsabilidad civil
para cubrir los perjuicios que pudieran causarse en el ejercicio de las prácticas objeto
de este acuerdo.
Asimismo, durante la realización de las prácticas formativas el alumnado deberá atender al
cumplimiento de los siguientes deberes:
a) Cumplir la normativa vigente relativa a prácticas externas establecida por MEDAC.