Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022061799)
Resolución de 31 de mayo de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura, el Servicio Extremeño de Salud y el Centro de Formación Profesional en el Deporte y la Salud Málaga 2015, SL, para la realización de prácticas de formación profesional de la rama sanitaria.
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NÚMERO 120
Jueves, 23 de junio de 2022
29602
sanitario donde se desarrollen las prácticas, la certificación negativa de inscripción en el
Registro Central de Delincuentes Sexuales del alumnado que realice las prácticas.
10. Se deberá suscribir un seguro de responsabilidad civil, el cual se desarrolla debidamente en la cláusula novena del presente convenio.
11. Con carácter previo al inicio del acto asistencial el personal profesional responsable de
la tutoría designado informará al paciente o a su representante sobre la presencia de
estudiantes, solicitando su consentimiento verbal para que presencien las actuaciones
clínicas o sanitarias. Dicho consentimiento se deberá reiterar en caso de realizar exploraciones físicas. El alumnado estará acompañado en todo momento, no pudiendo acceder al paciente sin la presencia del personal del centro responsable de su formación
o personal en quien se delegue. Igualmente, solo podrán acceder a la historia clínica
bajo la mencionada supervisión y siempre con arreglo a lo dispuesto en Ley 41/2002,
de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y
obligaciones en materia de información y documentación clínica.
Cuarta. Supervisión de las prácticas. Tutores.
Para la realización de las prácticas el alumnado contará con una persona que ostente la tutoría
en el centro sanitario, así como una persona que ejerza la tutoría académica del Centro de
formación, que supervisarán de forma conjunta la realización de las mismas.
El control sobre la adecuación de las prácticas corresponderá a la tutoría académica del Centro de formación. La persona designada en el centro sanitario deberá ser una persona vinculada a estas instituciones, con experiencia profesional y con los conocimientos necesarios
para realizar una tutela efectiva.
Al finalizar cada curso académico, el Centro de formación expedirá, a favor del personal de
la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales y del Servicio Extremeño de Salud que haya
participado en el desarrollo de las prácticas docentes, una certificación con el número total
de horas tuteladas.
Quinta. Obligaciones y compromisos de las partes.
Tanto MEDAC como la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales y el Servicio Extremeño de
Salud, según corresponda, velarán por el cumplimiento de la legislación aplicable al alumnado
en materia de seguridad e higiene en el trabajo.
Igualmente, las partes se comprometen a cumplir cualquier norma de derecho necesario, o de
cumplimiento interno de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales y el Servicio Extremeño
de Salud, que ahora o en el futuro pudiera ser exigible.
Jueves, 23 de junio de 2022
29602
sanitario donde se desarrollen las prácticas, la certificación negativa de inscripción en el
Registro Central de Delincuentes Sexuales del alumnado que realice las prácticas.
10. Se deberá suscribir un seguro de responsabilidad civil, el cual se desarrolla debidamente en la cláusula novena del presente convenio.
11. Con carácter previo al inicio del acto asistencial el personal profesional responsable de
la tutoría designado informará al paciente o a su representante sobre la presencia de
estudiantes, solicitando su consentimiento verbal para que presencien las actuaciones
clínicas o sanitarias. Dicho consentimiento se deberá reiterar en caso de realizar exploraciones físicas. El alumnado estará acompañado en todo momento, no pudiendo acceder al paciente sin la presencia del personal del centro responsable de su formación
o personal en quien se delegue. Igualmente, solo podrán acceder a la historia clínica
bajo la mencionada supervisión y siempre con arreglo a lo dispuesto en Ley 41/2002,
de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y
obligaciones en materia de información y documentación clínica.
Cuarta. Supervisión de las prácticas. Tutores.
Para la realización de las prácticas el alumnado contará con una persona que ostente la tutoría
en el centro sanitario, así como una persona que ejerza la tutoría académica del Centro de
formación, que supervisarán de forma conjunta la realización de las mismas.
El control sobre la adecuación de las prácticas corresponderá a la tutoría académica del Centro de formación. La persona designada en el centro sanitario deberá ser una persona vinculada a estas instituciones, con experiencia profesional y con los conocimientos necesarios
para realizar una tutela efectiva.
Al finalizar cada curso académico, el Centro de formación expedirá, a favor del personal de
la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales y del Servicio Extremeño de Salud que haya
participado en el desarrollo de las prácticas docentes, una certificación con el número total
de horas tuteladas.
Quinta. Obligaciones y compromisos de las partes.
Tanto MEDAC como la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales y el Servicio Extremeño de
Salud, según corresponda, velarán por el cumplimiento de la legislación aplicable al alumnado
en materia de seguridad e higiene en el trabajo.
Igualmente, las partes se comprometen a cumplir cualquier norma de derecho necesario, o de
cumplimiento interno de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales y el Servicio Extremeño
de Salud, que ahora o en el futuro pudiera ser exigible.