Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022061799)
Resolución de 31 de mayo de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura, el Servicio Extremeño de Salud y el Centro de Formación Profesional en el Deporte y la Salud Málaga 2015, SL, para la realización de prácticas de formación profesional de la rama sanitaria.
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NÚMERO 120
Jueves, 23 de junio de 2022

29600

Segunda. Contenido y duración de las prácticas. Proyecto formativo.
La incorporación de cada estudiante a las prácticas reguladas en el presente convenio se
acompañará del correspondiente proyecto formativo conforme al modelo que se recoge como
Anexo, en el que se detallarán las condiciones particulares concretas de cada estancia práctica, atendiendo al correspondiente plan de estudios que corresponda a la titulación.
El Anexo recogerá el contenido concreto de las prácticas así como otros detalles correspondientes a: los datos personales del alumnado seleccionado, el Centro, Departamento o Unidad en las
Áreas de Salud del Servicio Extremeño de Salud donde se desarrollen las practicas, la persona
asignada para realizar la tutoría conjuntamente por la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales
y el Servicio Extremeño de Salud, la persona encargada de la tutoría designada por el Centro
de Formación, las fechas de comienzo y finalización de las prácticas, el horario y el contenido
específico por cada uno de los alumnos y las alumnas participantes, tanto de las tareas a realizar
como las competencias básicas, genéricas y/o específicas que debe adquirir el estudiante.
Las prácticas tendrán la duración mínima que establezca el plan de estudios correspondiente y los
horarios de realización de las prácticas se establecerán de acuerdo con las características de estas
y las disponibilidades de los centros sanitarios. En todo caso, se procurará que sean compatibles
con la actividad formativa, de representación y de participación desarrollada por el estudiante.
Tercera. Condiciones generales para el desarrollo de las prácticas.
Para el desarrollo de las actividades estipuladas en este convenio se tendrán en cuenta las
siguientes condiciones:
1. L
 as partes se comprometen a colaborar en la organización, coordinación y realización de
las prácticas, bajo el principio de buena fe y confianza legítima, rigiéndose sus actuaciones por los principios de cooperación y colaboración.
2. L
 as prácticas reguladas al amparo del presente convenio se desarrollarán en los edificios e instalaciones en que se encuentran ubicados los distintos centros sanitarios
dependientes del Consejería de Sanidad y Servicios Sociales y el Servicio Extremeño de
Salud, quedando condicionada la realización de estas a la disponibilidad de plazas y a
la normativa aplicable para la suscripción de convenios y asignación de plazas para la
realización de prácticas docentes.
3. E
 l número de plazas de prácticas, su duración y su periodicidad se determinarán atendiendo a las necesidades organizativas y la capacidad docente de la que se disponga
por cada centro sanitario, según la disponibilidad de espacio físico, personal facultativo
y técnico, y el desarrollo de proyectos de trabajo en cada centro.