Consejería De Movilidad, Transporte Y Vivienda. Transportes. Ayudas. (2022062005)
Extracto de la Resolución de 8 de junio de 2022, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión directa de subvenciones destinadas a la transformación de flotas de transporte de viajeros y mercancías de empresas privadas prestadoras de servicios de transporte por carretera, así como de empresas que realicen transporte privado complementario, en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el año 2022, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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NÚMERO 118
29277
Martes, 21 de junio de 2022
2. Considerando los criterios establecidos en el apartado 4 del artículo 7 del Real Decreto
983/2021, el crédito de la convocatoria (4.744.997,50 euros) queda distribuido de la siguiente forma entre las actuaciones subvencionables:
Actividad 1: Achatarramiento. 1.897.999,00 euros.
Actividad 2: Adquisición de vehículos de energías alternativas bajas en carbono. 1.897.999,00
euros.
Actividad 3: «Retrofit» o modificación de la forma de propulsión de vehículos. 237.249,88
euros.
Actividad 4: Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos. 474.499, 75
euros.
Actividad 5: Adquisición de semirremolques para autopistas ferroviarias. 237.249,87
euros.
3. Las cuantías individualizadas de la ayuda, respecto de cada una de las actuaciones subvencionables, se ajustará a lo previsto en el anexo I del Real Decreto 983/2021.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Desde el día siguiente al de la publicación simultánea en el Diario Oficial de Extremadura de
la presente resolución y del extracto previsto en el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, hasta el día 31 de diciembre de 2022.
Mérida, 8 de junio de 2022.
La Secretaria General,
MARÍA LUISA CORRALES VÁZQUEZ
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Martes, 21 de junio de 2022
2. Considerando los criterios establecidos en el apartado 4 del artículo 7 del Real Decreto
983/2021, el crédito de la convocatoria (4.744.997,50 euros) queda distribuido de la siguiente forma entre las actuaciones subvencionables:
Actividad 1: Achatarramiento. 1.897.999,00 euros.
Actividad 2: Adquisición de vehículos de energías alternativas bajas en carbono. 1.897.999,00
euros.
Actividad 3: «Retrofit» o modificación de la forma de propulsión de vehículos. 237.249,88
euros.
Actividad 4: Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos. 474.499, 75
euros.
Actividad 5: Adquisición de semirremolques para autopistas ferroviarias. 237.249,87
euros.
3. Las cuantías individualizadas de la ayuda, respecto de cada una de las actuaciones subvencionables, se ajustará a lo previsto en el anexo I del Real Decreto 983/2021.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Desde el día siguiente al de la publicación simultánea en el Diario Oficial de Extremadura de
la presente resolución y del extracto previsto en el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, hasta el día 31 de diciembre de 2022.
Mérida, 8 de junio de 2022.
La Secretaria General,
MARÍA LUISA CORRALES VÁZQUEZ
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