Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022061953)
Resolución de 9 de junio de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental para el proyecto de instalación solar fotovoltaica "OPDE Brovales 3" de 17,496 MWp e infraestructura de evacuación de energía eléctrica asociada en el término municipal de Fuente de Cantos (Badajoz).
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NÚMERO 117
Lunes, 20 de junio de 2022

28992

RESOLUCIÓN de 9 de junio de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad,
por la que se formula declaración de impacto ambiental para el proyecto
de instalación solar fotovoltaica "OPDE Brovales 3" de 17,496 MWp e
infraestructura de evacuación de energía eléctrica asociada en el término
municipal de Fuente de Cantos (Badajoz). (2022061953)
Es Órgano competente para la formulación de la declaración de impacto ambiental relativa al
proyecto la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica
y Sostenibilidad de conformidad con lo dispuesto en el artículo 71.1 de la Ley 16/2015, de 23
de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura y en el artículo
4.1.d) del Decreto 170/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica
de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad.
El proyecto de instalación solar fotovoltaica (en adelante, ISF) “OPDE Brovales 3” de 17,496
MWp de potencia y 43,66 ha de superficie e infraestructura de evacuación subterránea de 30
kV, se encuentra comprendido en el anexo V, grupo 4 a), de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de
protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura; y se somete a evaluación de
impacto ambiental ordinaria, a solicitud de promotor, en aplicación del artículo 62. d) de la misma. En dicha normativa se establece la obligación de formular declaración de impacto ambiental,
con carácter previo a la resolución administrativa que se adopte para la realización, o en su caso,
autorización de las obras, instalaciones o actividades comprendidas en el citado anexo.
Visto el Informe técnico de fecha 7 de junio de 2022, y en virtud de las competencias que me
confieren el artículo 71.1 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura y el artículo 4.1.d) del Decreto 170/2019, de 29 de octubre,
por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería para la Transición Ecológica y
Sostenibilidad, se formula declaración de impacto ambiental favorable, a los solos efectos ambientales, sobre la viabilidad de la ejecución del proyecto de instalación solar fotovoltaica “OPDE
Brovales 3” e infraestructura de evacuación de 17,496 MWp de potencia, a realizar en el polígono
15, parcelas 31 y 33 del término municipal de Fuente de Cantos, provincia de Badajoz, cuya
promotora es Planta Solar OPDE 46, SL, siempre que su ejecución y explotación se lleve a cabo
con estricta sujeción a las medidas preventivas, correctoras y compensatorias recogidas en la
presente declaración de impacto ambiental, para la adecuada protección del medio ambiente y
los recursos naturales, lo que no exime al promotor de la obligación de obtener aquellas otras
autorizaciones sectoriales o licencias que sean necesarias para la ejecución del proyecto.
La presente declaración analiza los principales elementos considerados en la evaluación practicada: el documento técnico del proyecto, el estudio de impacto ambiental (en adelante,
EsIA), el resultado de los trámites de información pública y consultas efectuadas, así como
información complementaria aportada por la promotora.