Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Producción Cinematográfica Y Audiovisual. Ayudas. (2022061842)
Resolución de 6 de mayo de 2022, de la Secretaría General, por la que se conceden ayudas a la producción de cortometrajes en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2022.
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NÚMERO 111
Viernes, 10 de junio de 2022

27586

CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTES
RESOLUCIÓN de 6 de mayo de 2022, de la Secretaría General, por la que
se conceden ayudas a la producción de cortometrajes en la Comunidad
Autónoma de Extremadura para el año 2022. (2022061842)
De conformidad con las bases reguladoras (Decreto 99/2014, de 3 de junio, por el que se
aprueban las bases reguladoras de las ayudas a la producción de cortometrajes y a cortometrajes realizados de la Comunidad Autónoma de Extremadura y la convocatoria de las mismas
para 2014; (publicadas en el DOE número 109, de 9 de junio de 2014), así como el apartado
duodécimo de la Resolución de 24 de noviembre de 2021, de la Secretaría General, de convocatoria de las ayudas destinadas a la producción de cortometrajes de la Comunidad Autónoma
de Extremadura para el año 2022 (DOE n.º 2, de 4/01/2022), vista el acta de la Comisión de
Valoración de fecha 31 de marzo de 2022, y en uso de las atribuciones que tengo conferidas,
RESUELVO:
Primero. Conceder las ayudas a la producción de cortometrajes que se especifican en el anexo I,
por un importe total de noventa y cuatro mil novecientos noventa y nueve euros (94.999,00 €) que
se imputará a la aplicación presupuestaria 150020000 G/273B/77000, Código: 20040309, fondos
CAG0000001 (“Apoyo a producciones de cine y audiovisuales”) de la Ley 3/2021, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2022.
Segundo. Denegar las ayudas que se especifican en el anexo II, por las causas que en él se
mencionan.
Tercero. Las ayudas concedidas son compatibles con cualquier otra ayuda o subvención de
las Administraciones Públicas o entidades públicas o privadas para la misma finalidad siempre
que la cuantía de ayudas públicas no supere, aisladamente o en concurrencia con otras ayudas, el 50 % del coste del proyecto para el que se solicita la subvención.
Cuarto. Los proyectos que son objeto de ayuda deberán iniciarse a partir del 1 de enero del
año 2022, y terminar antes del 1 de noviembre del año 2022.
Quinto. El pago de las ayudas se efectuará teniendo en cuenta lo siguiente:
1. La aportación de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes se efectuará durante el
año 2022 a la finalización de la producción objeto de ayuda. Se abonará el 100 % de la
ayuda una vez se realice la producción. Para ello la empresa beneficiaria deberá justificar
la inversión del presupuesto de producción aprobado y presentar el resto de documentación señalada en el apartado decimosexto de la convocatoria con anterioridad del día