Consejería De Educación Y Empleo. Lista De Espera. Adjudicación De Destinos. (2022061894)
Resolución de 6 de junio de 2022, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se establece el procedimiento para la adjudicación de destino a las personas integrantes de las listas de espera ordinarias de los cuerpos docentes no universitarios dependientes de la Consejería de Educación y Empleo, las personas participantes en el proceso selectivo convocado por Resolución de 15 de febrero de 2022, y personas pendientes de la realización de la fase de prácticas para el curso escolar 2022/2023.
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NÚMERO 111
Viernes, 10 de junio de 2022
27358
cesidades del servicio, siguiendo el procedimiento que se establece en la presente resolución.
En el caso de no incorporarse a los citados destinos en el plazo de cinco días hábiles a partir
de la comunicación de los mismos, se entenderá que renuncian al concurso-oposición.
Los destinos obtenidos para la realización del período de prácticas tendrán carácter provisional.
Estarán obligados a participar todos los aspirantes del proceso selectivo convocado por la Resolución de 15 de febrero de 2022 de la Dirección General de Personal Docente, excepto los
del procedimiento para la adquisición de una nueva especialidad (acceso 5).
En el caso de que los aspirantes seleccionados no hayan presentado la petición de plazas o
habiéndolo hecho no hubieran consignado suficientes peticiones o no obtengan ninguno de
los destinos expresamente solicitados, se procederá a la asignación de oficio contemplada el
artículo octavo de la presente resolución.
Las peticiones que no se correspondan con tipos de centros que puedan ser solicitados por el
solicitante serán anuladas. Si la totalidad de las peticiones resultasen anuladas por dicha circunstancia, se considerará que no se ha presentado petición, y se actuará conforme se indica
en el párrafo anterior.
Las personas que habiendo resultado seleccionadas en procesos selectivos anteriores al convocado por Resolución de 15 de febrero de 2022 y pertenezcan al colectivo de personas pendientes de realizar y superar la fase de prácticas, realizarán su petición de centros para obtener
destino para la realización de las prácticas durante el curso 2022/2023 en este procedimiento.
Sexto. Plazas a solicitar.
6.1. Las plazas de Apoyo al Área de Lengua y Ciencias Sociales, Apoyo al Área Científica o Tecnológica, Apoyo al Área de Práctica, Cultura Clásica o Educación Compensatoria se identificarán según el perfil por el que se hayan definido en la plantilla de funcionamiento para el
curso escolar 2022/2023 y se añadirán a las vacantes de la especialidad correspondiente.
6.2. Podrán solicitar plazas bilingües las personas interesadas que en el momento de la publicación de las listas de aspirantes seleccionadas cuenten con la correspondiente habilitación lingüística, de conformidad con lo previsto en el Decreto 39/2014, de 18 de marzo,
por el que se establecen los requisitos específicos de acreditación de la competencia
lingüística en lengua extranjera para impartir áreas, materias o módulos en los programas bilingües, y se regula el procedimiento para obtener la correspondiente habilitación
lingüística en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Viernes, 10 de junio de 2022
27358
cesidades del servicio, siguiendo el procedimiento que se establece en la presente resolución.
En el caso de no incorporarse a los citados destinos en el plazo de cinco días hábiles a partir
de la comunicación de los mismos, se entenderá que renuncian al concurso-oposición.
Los destinos obtenidos para la realización del período de prácticas tendrán carácter provisional.
Estarán obligados a participar todos los aspirantes del proceso selectivo convocado por la Resolución de 15 de febrero de 2022 de la Dirección General de Personal Docente, excepto los
del procedimiento para la adquisición de una nueva especialidad (acceso 5).
En el caso de que los aspirantes seleccionados no hayan presentado la petición de plazas o
habiéndolo hecho no hubieran consignado suficientes peticiones o no obtengan ninguno de
los destinos expresamente solicitados, se procederá a la asignación de oficio contemplada el
artículo octavo de la presente resolución.
Las peticiones que no se correspondan con tipos de centros que puedan ser solicitados por el
solicitante serán anuladas. Si la totalidad de las peticiones resultasen anuladas por dicha circunstancia, se considerará que no se ha presentado petición, y se actuará conforme se indica
en el párrafo anterior.
Las personas que habiendo resultado seleccionadas en procesos selectivos anteriores al convocado por Resolución de 15 de febrero de 2022 y pertenezcan al colectivo de personas pendientes de realizar y superar la fase de prácticas, realizarán su petición de centros para obtener
destino para la realización de las prácticas durante el curso 2022/2023 en este procedimiento.
Sexto. Plazas a solicitar.
6.1. Las plazas de Apoyo al Área de Lengua y Ciencias Sociales, Apoyo al Área Científica o Tecnológica, Apoyo al Área de Práctica, Cultura Clásica o Educación Compensatoria se identificarán según el perfil por el que se hayan definido en la plantilla de funcionamiento para el
curso escolar 2022/2023 y se añadirán a las vacantes de la especialidad correspondiente.
6.2. Podrán solicitar plazas bilingües las personas interesadas que en el momento de la publicación de las listas de aspirantes seleccionadas cuenten con la correspondiente habilitación lingüística, de conformidad con lo previsto en el Decreto 39/2014, de 18 de marzo,
por el que se establecen los requisitos específicos de acreditación de la competencia
lingüística en lengua extranjera para impartir áreas, materias o módulos en los programas bilingües, y se regula el procedimiento para obtener la correspondiente habilitación
lingüística en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.