Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Actividades Taurinas. Subvenciones. (2022061700)
Resolución de 27 de mayo de 2022, de la Secretaría General, por la que se realiza la convocatoria de subvenciones dirigidas al apoyo y fomento de la cultura taurina en la Comunidad Autónoma de Extremadura durante el ejercicio 2022.
19 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 111
Viernes, 10 de junio de 2022

27526

c.3.1.

Con duración igual o superior a 8 horas

4 puntos

c.3.2.

Con duración igual o superior a 4 horas e inferior a 8 horas

3 puntos

c.3.3.

Con duración inferior a 4 horas

1 puntos

c.4. EJE 4:
c.4.1.

Libros

3 puntos

c.4.2.

Revistas

1 puntos

c.4.3.

Guías, folletos y otras publicaciones de análoga naturaleza

0,5 puntos

En todas las acciones de difusión y publicaciones, incluidas en cualquiera de los ejes, se
hará uso de un lenguaje e imagen no sexista, según lo dispuesto en el artículo 27 de la
Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre mujeres y hombres y contra la violencia
de género en Extremadura.
No se considerarán como actividades del Eje 4 aquellos folletos, dípticos, trípticos...

destinados a publicitar actividades del Eje 3 por cuanto éstos serán considerados como
inherentes y consustanciales a dichas actividades y, en consecuencia, gastos propios de
las mismas.
2. En el supuesto de que exista empate de puntos entre proyectos, tendrá carácter preferente
aquel que comprenda mayor número de actividades del Eje 1, 2, 3 y 4, por este orden de
prelación. De persistir el empate, tendrá carácter preferente aquella que haya obtenido más
puntuación en el criterio previsto en las letras a.1), a.2), b) y c) del apartado anterior, por
este orden de prelación. Finalmente, de seguir persistiendo el empate, tendrán preferencia
el proyecto incluido en la solicitud que haya tenido entrada en primer lugar en el Registro
Único de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Undécimo. Cuantía individualizada.
1. La cuantía individualizada de la subvención a otorgar a cada una de las solicitantes, hasta
la extinción del crédito previsto para cada modalidad, será del 100% del importe solicitado
con las siguientes limitaciones contenidas en el artículo 8 de la Orden de 8 de junio de
2020:
a) El importe máximo por la realización de una o varias de las actividades contempladas
en el Eje 1 del artículo 2.2 de la orden será de 4.000,00 euros.