Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Colegios Profesionales. (2022060558)
Resolución de 15 de febrero de 2022, de la Vicepresidenta Primera y Consejera, por la que se acuerda la inscripción y publicación de la modificación de los Estatutos del Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Cáceres, y su adaptación a la Ley 11/2002, de 12 de diciembre, de Colegios y de Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura, conforme con las modificaciones introducidas por la Ley 4/2020, de 18 de noviembre.
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NÚMERO 38
Jueves, 24 de febrero de 2022



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h) G
 arantías necesarias para la admisión, en los casos en que así se establezca, del
voto por delegación o mediante compromisarios en las juntas generales: artículos
40, párrafo décimo; 41, párrafos cuarto y quinto, y 83, párrafo primero.



i) Forma de aprobación de las actas, estableciendo el procedimiento de autenticidad
y agilidad para la inmediata ejecución de los acuerdos: artículos 31, apartado l);
42; 43; 44; 45; 53; 54 y 59, párrafos tercero y cuarto.



j) Régimen económico y financiero, fijación de cuotas y otras percepciones y forma
de control de los gastos e inversiones para asegurar el cumplimiento de los fines
colegiales: artículos 6, apartado 20); 13, apartado d); 31, apartados b) y c);
48.2; 60; 62; 89; 90; 91; 92; 93 y 94.



k) Condiciones del cobro de honorarios a través del colegio, para el caso en que
el colegiado así lo solicite, y régimen del presupuesto o de la nota-encargo que
los colegiados deberán presentar o, en su caso, exigir a los clientes: artículos 6,
apartado 7); 18, apartado i); 19, apartado e); 24; y 25.



l) Premios y distinciones: artículos 104; 105 y 106.



m) Régimen jurídico de los actos y resoluciones de los colegios y recursos contra los
mismos: artículos 10; 15; y 102.



n) P
 rocedimiento a seguir en procesos de fusión, absorción y disolución del colegio
y, en este caso, el destino del patrimonio del colegio: artículos 31, apartado m);
33, párrafo tercero; 48.3, apartado j) y 107.



ñ) R
 egulación de las mociones de censura a los titulares de los órganos de gobierno:
artículos 18, apartado k); 31, apartado h); 33, párrafo cuarto; y 63.



o) Determinación de la forma de auditoría o fiscalización de sus cuentas para cada
ejercicio presupuestario: artículos 6, apartado 19); 8; 31, apartado c); 48.2,
apartado f); 59, párrafo sexto; 60; 93 y 94.



p) Procedimiento para la reforma de los estatutos: artículos 6, apartado 21); 31,
apartado a); y 41, párrafo primero.

4.2. Modificaciones introducidas por la Ley 4/2020:


E
 n el texto estatutario modificado y aprobado por la Asamblea General del Colegio
en sesión de 30 de septiembre de 2021, se recogen procedentemente las principales
modificaciones introducidas por la Ley 4/2020, con referencia al siguiente articulado:



a) Fines y Obligaciones de los Colegios: artículos 5 y 6.