Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Colegios Profesionales. (2022060558)
Resolución de 15 de febrero de 2022, de la Vicepresidenta Primera y Consejera, por la que se acuerda la inscripción y publicación de la modificación de los Estatutos del Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Cáceres, y su adaptación a la Ley 11/2002, de 12 de diciembre, de Colegios y de Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura, conforme con las modificaciones introducidas por la Ley 4/2020, de 18 de noviembre.
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NÚMERO 38
Jueves, 24 de febrero de 2022

9629

— El Decreto 24/2007, de 20 de febrero, por el que se regula el Registro de Colegios Profesionales y Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura.
— El Decreto del Presidente 41/2021, de 2 de diciembre, por el que se modifica la denominación, el número y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 233, de 3 de diciembre).
— El Decreto 162/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica
de la Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda y Administración Pública
(DOE n.º 214, de 6 de noviembre).
— Los Estatutos del Colegio, publicados por Resolución de la Consejera de Presidencia de
11 de octubre de 2004, en el Diario Oficial de Extremadura n.º 128, de 4 de noviembre de 2004, conforme con la modificación publicada por Resolución del Consejero de
Administración Pública y Hacienda de 10 de enero de 2008, en el Diario Oficial de
Extremadura n.º 14, de 22 de enero de 2008.
— Los Estatutos del Consejo de Colegios Profesionales de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Extremadura, publicados por Resolución de la Consejera de la Presidencia de
20 de septiembre de 2006, en el Diario Oficial de Extremadura número 115, de 30 de
septiembre de 2006, conforme con la modificación publicada por Resolución de la Vicepresidenta y Consejera de Hacienda y Administración Pública de 24 de octubre de 2018,
en el DOE n.º 221, de 14 de noviembre de 2018.
— Los Estatutos del Consejo General de Colegios Oficiales de Aparejadores y Arquitectos
Técnicos, aprobados por Real Decreto 1471/1977, de 13 de mayo.
Segundo. Régimen jurídico de los colegios profesionales.
La Ley 11/2002, de 12 de diciembre, de Colegios y de Consejos de Colegios Profesionales de
Extremadura, en adelante Ley 11/2002, fija el régimen jurídico de los Colegios Profesionales
cuyo ámbito territorial de actuación se circunscriba exclusivamente al territorio de Extremadura,
en este sentido, su artículo 1.2, dispone que “se regirán por las disposiciones básicas del
Estado, por la presente ley, las normas que se dicten en desarrollo de la misma, y por sus
Estatutos”.
Tercero. Control de legalidad de los estatutos de los colegios profesionales o sus
modificaciones.
Los Estatutos de las corporaciones colegiales son la norma mediante la que sus colegiados
ejercitan de forma autónoma la facultad de autoorganización y funcionamiento para la