Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022060526)
Resolución de 15 de febrero de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de instalación solar fotovoltaica "FV Tagus III", a realizar en el término municipal de Alcántara (Cáceres). Expte.: IA20/1526.
63 páginas totales
Página
NÚMERO 38
Jueves, 24 de febrero de 2022

9729

actuación y en cualquier caso, se estará a lo dispuesto en la resolución del expediente
de autorización por parte del Organismo de cuenca.


C.3.3. Geología y Suelo.

Según indica el promotor en el EsIA, a partir del Mapa Geológico Nacional el proyecto
se encuentra en el área perteneciente a las hojas 648 y 676, dentro de las cuales, se
han identificado la unidades cartográficas, Grauwacas, esquistos y pizarras. Por otro
lado, según el Inventario Español de Lugares de Interés Geológico, no existe ninguno
de estos elementos catalogados en el área de estudio
Las acciones del proyecto que suponen movimientos de tierras y preparación del terreno van a ocasionar pérdidas de suelo. La pérdida de la cubierta vegetal derivada de los
desbroces necesarios para la preparación del terreno y los movimientos de tierra, pueden provocar la activación o acentuación de los procesos erosivos, especialmente en las
áreas con algo de pendiente. Durante la fase de explotación, no hay alteraciones sobre
el suelo. Únicamente existe el riesgo de vertido de aceites procedentes de las unidades
transformadoras, que se minimizarán conduciendo las eventuales fugas desde la cuba
de los transformadores a un foso estanco de recogida de aceite.
Por lo que, teniendo en cuenta que se aplicarán siempre que sea posibles medidas
de restauración de suelos y revegetación sobre todas las superficies alteradas,
excepto sobre los caminos que permanezcan en servicio, el impacto puede considerarse moderado.


C.3.4. Flora y vegetación.

La principal afección es la eliminación de la vegetación de las áreas sobre las que se
actúa, en la fase de obras, en este caso, en el EsIA no se considera la corta de arbolado.
El Servicio de Ordenación y Gestión Forestal informa que la zona de instalación de la
planta solar fotovoltaica, se trata de un terreno con una pendiente entre 0-10 %, entre plano y moderadamente ondulado con cobertura de pastizal y matorral procedente
de zonas degradadas de la vegetación climax de la zona por el uso agroganadero. En
zonas de paso del trazado de la línea eléctrica subterránea se encuentra poblada con
ejemplares de encinas y con zonas adehesadas, por tanto se tiene que tener especial
cuidado con los problemas de erosión que se puedan producir.
La superficie ocupada para la instalación no afecta a montes de utilidad pública ni a
montes que hayan suscrito contratos con la Administración Forestal todos ellos gestionados por el Servicio de Ordenación y Gestión Forestal, cuestión que se señala para el
procedimiento de declaración de utilidad pública de la instalación.