Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022060526)
Resolución de 15 de febrero de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de instalación solar fotovoltaica "FV Tagus III", a realizar en el término municipal de Alcántara (Cáceres). Expte.: IA20/1526.
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NÚMERO 38
Jueves, 24 de febrero de 2022

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Por otro lado, con las medidas compensatorias que figuran en el apartado D.4 de la presente declaración, destinadas a la creación de hábitats acuáticos, y la implementación
de medidas para incrementar la diversidad y capacidad de acogida del hábitat de aves
estepárias, supondrá una mejora evidente de la situación actual en el espacio RN2000,
tanto para los HIC (*), como para los taxones, elementos clave por los que se declaró
el espacio.
Por todo lo anteriormente citado, visto el informe del Servicio de Conservación de la
Naturaleza y Áreas Protegidas, analizadas las características y ubicación del proyecto,
así como los estudios elaborados por el promotor, se considera que la ISF “FV Tagus III”
no es susceptible de afectar de forma apreciable a las especies o hábitats, elementos
clave, objeto de conservación de la RN2000, tanto individualmente como en combinación con otro proyectos que se plantean desarrollar en el entorno.
Por tanto, el proyecto es compatible de desarrollarse en RN2000 y con los objetivos
generales de conservación para los valores Natura 2000 presentes en la ZEPA / ZEC
“Llanos de Alcántara y Brozas” incluidos en el Decreto 110/2015, de 19 de mayo, por el
que se regula la Red Ecológica Europea Natura 2000 en Extremadura.
Se concluye que no se aprecian perjuicios para la integridad de ningún lugar de la
RN2000.


C.3.2. Sistema hidrológico y calidad de las aguas.

Según informa la Confederación Hidrográfica del Tajo en los terrenos donde se pretende construir la planta existen varios cauces, que según la documentación presentada no se verán afectados. El promotor concreta en el EsIA que el cuerpo de agua
más cercano es el arroyo Ballesteros, que se encuentra a unos 500 m al norte, así
como un arroyo innominado tributario del mismo, que atraviesa la implantación por
la parte norte.
Durante el desarrollo de las obras se pueden producir afecciones sobre la red natural
de drenaje existente. También se puede producir el arrastre de tierras por escorrentía y
producir un incremento de los sólidos en suspensión en las aguas superficiales cercanas
y un aumento de la turbidez, alterando la calidad de las aguas, y la acumulación de
sedimentos en el lecho fluvial. En todo caso, la construcción del proyecto no generará
impactos significativos sobre las aguas superficiales, ni será una actividad contaminante de las mismas.
Además, la Confederación Hidrográfica del Tajo en su informe establece una serie de
medidas necesarias para minimizar la posible afección al medio hídrico en la zona de