Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022060432)
Resolución de 8 de febrero de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Complejo Agro-cultural", cuyo promotor es US Agropecuaria, SL, en el término municipal de Villanueva de la Vera. Expte.: IA21/0551.
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NÚMERO 35
Lunes, 21 de febrero de 2022



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— El perfilado de taludes se realizará en su totalidad con tierras procedentes del desmonte, y los sobrantes podrán reutilizarse en la adecuación de los caminos afectados
durante las obras.

— En cuanto a las tierras y piedras de desmonte, en cumplimiento del principio de
jerarquía en la gestión de residuos, se deberá priorizar su reutilización en la propia
obra, y si ello no fuera posible se deberán valorizar mediante su uso en restauración,
acondicionamiento o relleno, evitando en todo caso su eliminación en vertedero. En
este sentido, se deberá cumplir lo establecido en la Orden APM/1007/2017, de 10 de
octubre, sobre normas generales de valorización de materiales naturales excavados
para su utilización en operaciones de relleno y obras distintas a aquéllas en las que
se generaron, así como contar con las autorizaciones e informes ambientales correspondientes en caso de ser necesario.


— Se utilizarán los accesos existentes para la realización de los trabajos, minimizando
la entrada de máquinas o vehículos de transporte de materiales en los lugares naturales y evitando establecer en ellos los parques de maquinaria o material de rechazo
o acopios.



— Un posible impacto sobre la hidrología puede proceder de la remoción de tierras
durante los trabajos y su posterior arrastre pluvial, provocando un incremento del
aporte de sólidos a los cauces, por lo que habrá que tomar las medidas necesarias
para evitarlo.



— Con objeto de producir la mínima afección posible a los cursos de agua, se prohíbe:



–E
 fectuar vertidos directos o indirectos que contaminen las aguas.



–A
 cumular residuos sólidos, escombros o sustancias, cualquiera que sea su naturaleza y el lugar en que se depositen, que constituyan o puedan constituir un pliego
de contaminación de las aguas o de degradación de su entorno.



–E
 fectuar acciones sobre el medio físico o biológico al agua que constituyan o puedan constituir una degradación del mismo.



— Para reducir la compactación del suelo, la maquinaria no circulará fuera de los caminos existentes con el terreno con exceso de humedad. Durante los periodos de
tiempo en que la maquinaria no esté en funcionamiento, ésta permanecerá en los
lugares designados como parque de maquinaria.



— Se evitará el tránsito de maquinaria pesada por las orlas de vegetación riparia que
estén presentes. Se deben respetar las saucedas, alisedas, fresnedas y la vegetación
de charcas y vaguadas (juncales, vallicares y majadales).