Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022060408)
Resolución de 7 de febrero de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de instalación solar fotovoltaica "Cabrovales 1" de 49,981 MW e infraestructuras de evacuación de energía eléctrica asociada en el término municipal de Fuente de Cantos (Badajoz).
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NÚMERO 33
Jueves, 17 de febrero de 2022

8448

A la vista de la documentación recibida, la Dirección General de Sostenibilidad, con fecha
con fecha 4 de octubre de 2021, solicita al promotor el documento técnico del proyecto y
la solicitud de inicio de evaluación de impacto ambiental del proyecto.
Con fecha 19 de octubre de 2021, se recibe en la Dirección General de Sostenibilidad, junto
con la solicitud de evaluación de impacto ambiental ordinaria una copia del proyecto técnico estudio de impacto ambiental de según lo previsto en artículo 69 de la Ley 16/2015,
de 23 de abril.
Con fecha 24 de enero de 2022 se solicita al promotor documentación complementaria,
respecto al tipo de vallado que prende instalarse, movimientos de tierras y el acceso o
accesos a las instalaciones.
Con fecha 31 de enero de 2020 registra de entrada respuesta al requerimiento citado en
el párrafo anterior.
Desde la DGS, una vez completado formalmente el expediente, se inició el análisis técnico
de impacto ambiental, conforme al artículo 70 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
En el análisis técnico del expediente se determina que, el promotor, ha teniendo en cuenta
debidamente los informes recibidos y las alegaciones presentadas. Así:
— Respecto al informe de Demarcación de Carreteras del Estado en Extremadura, se presentará y tramitará los documentos señalados en dicho informe.
— Respecto al informe del Servicio de Ordenación y Gestión Forestal, el estudio de impacto
ambiental contempla las medidas indicadas en el precitado informe.
— En relación al informe de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural, la parcela, indicada en el mismo ha sido excluida de la implantación para evitar
la afección al yacimiento arqueológico citado en el mismo. Se llevará a cabo un control
arqueológico durante la ejecución de las obras en toda el área de implantación.
— Respecto al informe del Servicio de Conservación de la Naturaleza, el estudio de impacto
ambiental recoge las condiciones técnicas establecidas en dicho informe.
— Respecto a las consideraciones del informe de Confederación Hidrográfica del Guadiana
relacionadas con los consumos de agua y vertidos al DPH, el promotor recoge en el estudio de impacto ambiental las medidas indicadas por el organismo de cuenca respecto
a la gestión de las aguas residuales procedentes de baños y aseos.