Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Colegios Profesionales. (2022060434)
Resolución de 4 de febrero de 2022, de la Vicepresidenta Primera y Consejera, por la que se acuerda la publicación de la modificación de los Estatutos del Colegio Oficial de Médicos de Badajoz, y su adaptación a la Ley 11/2002, de 12 de diciembre, de Colegios y de Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura, conforme con las modificaciones introducidas por la Ley 4/2020, de 18 de noviembre.
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NÚMERO 32
Miércoles, 16 de febrero de 2022

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ESTATUTOS DEL ILUSTRE COLEGIO OFICIAL DE MÉDICOS DE LA
PROVINCIA DE BADAJOZ
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO I
NATURALEZA, ÁMBITO TERRITORIAL Y RÉGIMEN JURÍDICO
Artículo 1. Naturaleza jurídica.
1.- El Ilustre Colegio Oficial de Médicos de la provincia de Badajoz es una
corporación de derecho público, integrada en la Organización Médica Colegial
reconocida por el Estado y amparada por la Constitución, el Estatuto de Autonomía de
Extremadura y las Leyes Estatal y Autonómica de Colegios Profesionales, con
estructura democrática, carácter representativo, igualitario con plena capacidad para el
cumplimiento de sus fines y personalidad jurídica propia e independiente de las
diferentes Administraciones Públicas, sin perjuicio de las relaciones que con ellas
legalmente le correspondan.
2.- Corresponde al Ilustre Colegio Oficial de Médicos de la provincia de Badajoz la
representación de la profesión médica, de la actividad profesional de los colegiados y
la defensa de sus intereses profesionales dentro de su ámbito territorial.
3.- El Ilustre Colegio Oficial de Médicos de la provincia de Badajoz agrupa a todos
los médicos que, de acuerdo con las leyes vigentes, ejerzan su profesión dentro de su
ámbito territorial, siempre que su titulación sea condición exigible para el desempeño
de su actividad.
4.- El Ilustre Colegio Oficial de Médicos de la provincia de Badajoz ostentará el
escudo y el logotipo que tradicionalmente viene utilizando u otros que proponga la
Junta Directiva y apruebe la Asamblea General de colegiados.
Artículo 2. Ámbito territorial.
1.- El Ilustre Colegio Oficial de Médicos de la provincia de Badajoz tiene su ámbito
territorial en la provincia de Badajoz.
2.- Su domicilio se fija en la ciudad de Badajoz, Avda. de Cristóbal Colón n.º 21, 2.ª
planta, pudiendo ser modificado por acuerdo de la Junta Directiva y ratificado por la
Asamblea General de colegiados.
3.- Podrá establecer por acuerdo de la Junta Directiva y ratificado por la Asamblea
General de colegiados, y con las facultades y competencias que en el mismo se
determinen, delegaciones en aquellos municipios que así lo requieran los intereses de
los profesionales.

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