Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Carrera Profesional. (2022060099)
Resolución de 14 de enero de 2022, de la Dirección General de Función Pública, por la que se aprueba el Plan Anual de Valoración a efectos del reconocimiento de los distintos niveles de carrera profesional horizontal.
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NÚMERO 13

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Jueves, 20 de enero de 2022

Dicho de otro modo, la complejidad del plan estriba en ofrecer a todos los empleados públicos
la posibilidad cierta de poder progresar en el sistema de niveles de carrera profesional, con
independencia del/los apartados del baremo que se utilicen para este fin, ya que la confección
de un baremo donde todos puedan obtener puntos en todos los ítems resulta materialmente
imposible por la ya mencionada disparidad de funciones, características de los puestos de
trabajo, organización y/o ubicación de los centros de trabajo, etc.
En virtud de lo anteriormente expuesto, conforme a los principios de transparencia, objetividad, proporcionalidad, imparcialidad y no discriminación, y siguiendo unos indicadores fiables
para su correcta cuantificación, en beneficio de un mayor compromiso y profesionalización de
los empleados públicos al servicio de esta Administración, esta Dirección General de Función
Pública en el ejercicio de las facultades legalmente conferidas, previa negociación con las organizaciones sindicales más representativas en el ámbito de la Administración General de la
Comunidad Autónoma de Extremadura
ACUERDA
Primero. Objeto y ámbito de aplicación.
Aprobar el Plan de Valoración para la progresión en el sistema de carrera profesional horizontal para el año 2022, siendo de aplicación al personal funcionario de carrera, funcionario
interino y al personal laboral fijo, por tiempo indefinido o temporal, incluido dentro del ámbito
de aplicación del Convenio Colectivo que resulte de aplicación, al servicio de la Administración
General de la Junta de Extremadura, sus Organismos Públicos y demás Entidades de Derecho
Público con personalidad jurídica propia vinculada o dependiente de la misma.
Igualmente será de aplicación al personal funcionario de carrera y personal laboral fijo de otras
Administraciones Públicas, que en virtud de los procesos de transferencias o por lo procedimientos de provisión de puestos de trabajo obtengan destino definitivo en esta Administración.
En caso de que el siguiente Plan de Valoración no se aprobara antes del inicio del año correspondiente, este plan se considerará automáticamente prorrogado hasta la aprobación del nuevo.
Segundo. Requisitos.
Los requisitos y méritos objeto de valoración, la forma de acreditarlos, su puntuación y la
puntuación mínima necesaria para superar el proceso de valoración en el acceso a cada nivel
de carrera profesional horizontal, serán los contenidos en la presente resolución.
Para alcanzar la puntuación mínima necesaria para superar el proceso de valoración no será necesario obtener puntos en los tres bloques de baremación, pudiendo alcanzarse dicha puntuación
con la obtenida en cualquiera de los méritos recogidos en el apartado cuarto de esta resolución.