Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022060081)
Resolución de 12 de enero de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Encomienda de Gestión entre la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura y la Diputación Provincial de Badajoz, para la realización de actividades de carácter material y técnico a través de las Oficinas Técnicas Comarcales de Vivienda.
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NÚMERO 13
Jueves, 20 de enero de 2022

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La comisión se reunirá durante la vigencia del convenio, de forma presencial o a distancia, a
solicitud de cualquiera de las partes. A las reuniones podrán asistir, como asesores, 2 técnicos
que cada parte estime convenientes, de acuerdo con la naturaleza de los asuntos a tratar. En
caso de que un representante no pudiera asistir a la reunión, se designará a un sustituto o
delegará su voto en otro miembro de la comisión.
Las funciones de la comisión serán:
a) El seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del presente convenio y de los compromisos adquiridos por la Junta de Extremadura y la Diputación Provincial de Badajoz.
b) La resolución de los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan derivarse
del convenio o de los compromisos adquiridos por cada una de las partes.
Séptima. Modificación.
Las partes, de común acuerdo, podrán modificar las estipulaciones previstas en este convenio
mediante adenda, siendo necesaria, para su eficacia, la realización de los mismos trámites
que para su aprobación, requiriéndose el acuerdo unánime de los firmantes.
Octava. Vigencia y eficacia.
El presente convenio entrará en vigor el día de su publicación en el DOE y mantendrá su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2022, sin perjuicio de que pueda ser prorrogado por mutuo acuerdo de las partes y por plazos anuales (años naturales), hasta un máximo de cuatro
anualidades. La prórroga expresa del convenio deberá acordarse dentro de los tres meses
anteriores a su vencimiento.
El presente convenio surtirá efectos el día en que se proceda a su publicación en el DOE. La
encomienda de gestión objeto del convenio empezará a regir el 1 de enero de 2022.
Novena. Resolución y extinción.
Este convenio se extinguirá por el cumplimiento de todos los compromisos asumidos o por
incurrir en cualquiera de las siguientes causas de resolución:
— Por el transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la prórroga del
mismo.
— Por mutuo acuerdo.
— Por incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguna de
las Administraciones firmantes.