Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022060084)
Resolución de 12 de enero de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre el Centro de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Extremadura (CICYTEX) e Hinojosa Solar, SL, para el desarrollo de experiencia piloto en planta fotovoltaica en el marco del proyecto G-O Agrovoltaica.
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NÚMERO 13

3633

Jueves, 20 de enero de 2022

Novena. Modificación y Resolución de la presente colaboración.
El presente convenio de colaboración podrá ser modificado mediante la formalización de la
oportuna Adenda, en todo caso la modificación requerirá el acuerdo unánime de las partes.
Serán causas de resolución del presente convenio, además del transcurso del plazo de vigencia previsto en la estipulación anterior, las siguientes:
a) Mutuo acuerdo expreso y escrito de las partes.
b) Decisión unilateral por incumplimiento grave de los compromisos adquiridos por las
partes en las estipulaciones Tercera y Cuarta.
En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos
que se consideran incumplidos.
Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la
parte que lo dirigió notificará a la otra parte la concurrencia de la causa de resolución y
se entenderá resuelto el Convenio.
c) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
d) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el Convenio o en otras leyes.
Décima. Régimen Jurídico e Interpretación.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa, por lo que se encuentra sometido al régimen jurídico de convenios previsto en el Capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre.
Cualquier controversia que pudiera suscitarse sobre la interpretación o ejecución del presente
convenio se resolverá por mutuo acuerdo de las partes y, en su imposibilidad, serán aplicables
para la resolución judicial de las diferencias surgidas las disposiciones de la Ley 29/1998, de
13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En prueba de conformidad, las partes firman electrónicamente mediante certificado válido
oficialmente reconocido, el presente convenio de colaboración a todos los efectos y en la fecha
en el mismo recogido.
Por el CICYTEX

Por Hinojosa Solar, SL

Dª. CARMEN GONZÁLEZ RAMOS

D. JAVIER RAVENTOS BASAGOITI