Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2022060068)
Resolución de 23 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de planta de almacenamiento de residuos de construcción y demolición, cuyo promotor es Ayuntamiento de la Roca de la Sierra, en el término municipal de La Roca de la Sierra.
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NÚMERO 12

3522

Miércoles, 19 de enero de 2022

Agentes
ambientales
Bienes
Materiales
incluido el
patrimonio
cultural

Fase de ejecución

No se prevé ningún impacto sobre
los bienes materiales y el patrimonio
cultural.

Fase de explotación

La recogida temporal de los RCDs en
un Iugar acondicionado, supone la no
formación de vertederos incontrolados
sobre estos bienes.

• Sinergias.
Las sinergias han sido evaluadas en el documento ambiental presentado por el titular.
• Vulnerabilidad del proyecto.
El promotor incluye “Análisis de Vulnerabilidad del Proyecto” en el Documento Ambiental, de conformidad con lo estipulado en la Ley 9/2018, de 5 de diciembre, por la que se
modifica la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental. Asimismo, recoge certificados suscritos por el titular de la actividad de no aplicación de Real Decreto.
840/2015, de 21 de septiembre, por el que se aprueban medidas de control de los riesgos
inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas y Real
Decreto 1836/1999, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre Instalaciones Nucleares y Radiactivas.
En conclusión, se trata de una actividad que no tiene efectos adversos significativos sobre
el medio ambiente, siempre que se apliquen las medidas recogidas en el apartado 4 “Condiciones y medidas para prevenir y corregir los efectos adversos sobre el medioambiente”.
Igualmente, el proyecto no afecta a espacios de la Red Natura 2000. Por ello, del análisis
técnico se concluye que no es preciso someter el proyecto a evaluación de impacto ambiental ordinaria.
4. 
Condiciones y medidas para prevenir y corregir los efectos adversos sobre el medioambiente.
a) Medidas en la fase pre-operativa.


• Antes de comenzar los trabajos se contactará con el agente de medio natural de la
zona, a efectos de asesoramiento para una correcta realización de los mismos. La
conclusión de los trabajos se comunicará igualmente al agente de medio natural de la
zona, con el fin de comprobar que se han realizado conforme a las condiciones técnicas establecidas.