Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2022060068)
Resolución de 23 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de planta de almacenamiento de residuos de construcción y demolición, cuyo promotor es Ayuntamiento de la Roca de la Sierra, en el término municipal de La Roca de la Sierra.
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NÚMERO 12
Miércoles, 19 de enero de 2022
3502
4. Los acopios se ubicarán en los lugares más protegidos del viento o con medidas para protegerlos del viento y con una separación suficiente de los límites de la instalación.
5. Las emisiones de estos focos no provocarán en ningún caso la superación de los valores
límites de contaminantes establecidos por el Real Decreto 102/2011, de 28 de enero, relativo a la mejora de la calidad del aire.
- d - Medidas de protección y control de las aguas, del suelo y de las aguas
subterráneas.
1. La actividad de almacenamiento de residuos que se autoriza no generará vertidos líquidos
residuales.
2. En la zona de recepción, triaje, almacenamiento (LER17 09 04), que se realiza sobre suelo
hormigonado, se dispondrá de una zanja de drenaje en el perímetro de la plataforma hormigonada para la recogida de aguas pluviales y posibles vertidos. Estas aguas pasarán por
un registro arenero y por una cámara separadora de grasas.
Tras el separador de grasa existirá una arqueta toma de muestras y tras esta se encauzarán a la red de saneamiento municipal Los lodos resultantes en el separador de grasas
serán recogidos por gestor autorizado.
3. Los residuos de cualquier tipología que puedan generar lixiviados se almacenaran en suelo
impermeabilizado o en contenedores cerrados e impermeables.
4. L
os residuos peligrosos se almacenarán en un contenedor cerrado específico para esos residuos sobre losa de hormigón impermeabilizada que irá dotada de una arqueta ciega para
la recogida de posibles vertidos. Este residuo será gestionado por gestor autorizado al igual
que los posibles vertidos accidentales.
5. Las aguas sanitarias se verterán a una fosa séptica estanca. Los residuos generados serán
retirados por gestor autorizado.
6. A
l objeto de prevenir vertidos no autorizados, todos los residuos que contengan fluidos se
almacenarán sobre pavimento impermeable, cuyo diseño asegure la retención y recogida
de fugas de fluidos.
7. No está permitido ningún vertido al dominio público hidráulico. En caso contrario deberá
contar con la pertinente autorización de vertidos de la Confederación Hidrográfica
competente.
Miércoles, 19 de enero de 2022
3502
4. Los acopios se ubicarán en los lugares más protegidos del viento o con medidas para protegerlos del viento y con una separación suficiente de los límites de la instalación.
5. Las emisiones de estos focos no provocarán en ningún caso la superación de los valores
límites de contaminantes establecidos por el Real Decreto 102/2011, de 28 de enero, relativo a la mejora de la calidad del aire.
- d - Medidas de protección y control de las aguas, del suelo y de las aguas
subterráneas.
1. La actividad de almacenamiento de residuos que se autoriza no generará vertidos líquidos
residuales.
2. En la zona de recepción, triaje, almacenamiento (LER17 09 04), que se realiza sobre suelo
hormigonado, se dispondrá de una zanja de drenaje en el perímetro de la plataforma hormigonada para la recogida de aguas pluviales y posibles vertidos. Estas aguas pasarán por
un registro arenero y por una cámara separadora de grasas.
Tras el separador de grasa existirá una arqueta toma de muestras y tras esta se encauzarán a la red de saneamiento municipal Los lodos resultantes en el separador de grasas
serán recogidos por gestor autorizado.
3. Los residuos de cualquier tipología que puedan generar lixiviados se almacenaran en suelo
impermeabilizado o en contenedores cerrados e impermeables.
4. L
os residuos peligrosos se almacenarán en un contenedor cerrado específico para esos residuos sobre losa de hormigón impermeabilizada que irá dotada de una arqueta ciega para
la recogida de posibles vertidos. Este residuo será gestionado por gestor autorizado al igual
que los posibles vertidos accidentales.
5. Las aguas sanitarias se verterán a una fosa séptica estanca. Los residuos generados serán
retirados por gestor autorizado.
6. A
l objeto de prevenir vertidos no autorizados, todos los residuos que contengan fluidos se
almacenarán sobre pavimento impermeable, cuyo diseño asegure la retención y recogida
de fugas de fluidos.
7. No está permitido ningún vertido al dominio público hidráulico. En caso contrario deberá
contar con la pertinente autorización de vertidos de la Confederación Hidrográfica
competente.