Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2022060058)
Resolución de 23 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para una explotación porcina en régimen intensivo promovido por Clemasa, CB, en el término municipal de Higuera de Llerena.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
34 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 12
Miércoles, 19 de enero de 2022

3427

CONSEJERÍA PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y SOSTENIBILIDAD
RESOLUCIÓN de 23 de diciembre de 2021, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para
una explotación porcina en régimen intensivo promovido por Clemasa, CB,
en el término municipal de Higuera de Llerena. (2022060058)
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha 4 de marzo de 2019 tiene entrada en el Registro Único de la Junta de
Extremadura, la solicitud de Autorización Ambiental Unificada (AAU), cuya documentación se
consideró completa con fecha 5 de julio de 2019, para instalación de una explotación porcina
en régimen intensivo ubicada en el término municipal Higuera de Llerena y promovida por
Clemasa, CB, con CIF E0617XXXX.
Segundo. El proyecto consiste en la instalación de una explotación porcina en régimen intensivo con capacidad para 1.500 plazas de cebo. Esta actividad está incluida en el ámbito
de aplicación de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad
Autónoma de Extremadura. En particular en la categoría 1.2. del anexo II.
Las instalaciones de la explotación porcina se ubicarán en la parcela 4 del polígono 7 del término municipal de Higuera de Llerena (Badajoz). La finca cuenta con una superficie total de
170,3241 hectáreas.
Tercero. La instalación cuenta con resolución de impacto ambiental de fecha 10 de mayo
de 2021 (Expte: IA 19/0378). El cual se incluye íntegramente en el anexo III de la presente
resolución.
Cuarto. Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 16/2015 de 23
de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con fecha 5
de septiembre de 2019 y reiteración de fecha 13 de octubre de 2021, se remite copia del
expediente al Ayuntamiento de Higuera de Llerena, a fin de que por parte de éste se promoviese la participación real y efectiva de las personas interesadas, en todo caso, de los vecinos
inmediatos, en el procedimiento de otorgamiento de la autorización ambiental unificada. Del
mismo modo, se le indicaba que disponía de un plazo de 20 días desde la recepción del expediente, para remitir un informe técnico que se pronuncie sobre la adecuación de la instalación
a todas aquellas materias de competencia municipal, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local. El
Ayuntamiento de Higuera de Llerena remite informe recibido con fecha 28 de abril de 2021 y
emitido por la arquitecta técnica del Servicio de Urbanismo, Vivienda y Arquitectura del Área