Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2022060059)
Resolución de 23 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para cebadero de terneros en régimen intensivo promovido por Agropecuaria Belvis y Navarra, SL, en el término municipal de Villa del Rey.
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NÚMERO 12
Miércoles, 19 de enero de 2022

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6. Los vestuarios del personal de la explotación en caso de contar con aseos, será necesario que
cuenten con sistema de saneamiento a fosa séptica. En el caso de que se instalará deberá disponer de un sistema de saneamiento independiente, para las aguas generadas en los mismos,
que terminará en una fosa estanca e impermeable, con capacidad suficiente. A los efectos de
proteger adecuadamente la calidad de las aguas que conforman el Dominio Público Hidráulico
(DPH), habrá de observarse el cumplimiento de las siguientes prescripciones:
• El depósito para almacenamiento de aguas residuales se ubicará a más de 100 metros del DPH.
• Se deberá garantizar la completa estanqueidad del referido depósito mediante el correspondiente certificado suscrito por técnico competente y visado por el colegio profesional
correspondiente.
• En la parte superior del depósito se instalará una tubería de ventilación al objeto de facilitar la salida de gases procedentes de la fermentación anaerobia.
El depósito deberá ser vaciado por un gestor de residuos debidamente autorizado para la
gestión del residuo no peligroso de código LER 20 03 04; con la periodicidad adecuada para
evitar el riesgo de rebosamiento del mismo. A tal efecto, se deberá tener a disposición de los
organismos encargados de velar por la protección del Medio Ambiente, a petición del personal
acreditado por los mismos, la documentación que acredite la recogida y destino adecuados
de las aguas residuales acumuladas en dicho depósito; y, asimismo, se deberá comunicar a
dichos organismos cualquier incidencia que pueda ocurrir.
- e - Medidas de prevención y reducción de la contaminación lumínica.
Conforme al proyecto básico aportado por el titular de la actividad, no se prevé que la misma
cuente con sistema alguno de iluminación exterior.
- f - Condiciones de diseño y manejo de la explotación
Las naves contarán con la superficie mínima establecida para el bienestar y protección de los
cerdos. En su construcción no podrá utilizarse madera, ni cualquier otro tipo de material que
dificulte la limpieza y desinfección, constituyendo así una fuente de contagio de enfermedades. Las puertas y ventanas deben ser de carpintería metálica. Cualquier apertura al exterior
dispondrá de una red de mallas que impida el acceso de aves.
- g - Plan de ejecución.
1. En el caso de que el proyecto o actividad no comenzara a ejecutarse o desarrollarse en el
plazo de cinco años (5 años), a partir de la fecha de otorgamiento de la AAU, la Dirección
General de Sostenibilidad previa audiencia del titular, acordará la caducidad de la AAU,
conforme a lo establecido en el artículo 23.a.) de la Ley 16/2015, de 23 de abril.