Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022060080)
Resolución de 12 de enero de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura y la Diputación Provincial de Cáceres, para la realización de actividades de carácter material y técnico a través de las Oficinas Técnicas Comarcales de Vivienda.
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NÚMERO 12
Miércoles, 19 de enero de 2022
3345
— Combustible (para calefacción, agua caliente sanitaria…)
— Agua.
— Telefonía, tanto fija como móvil.
— Material fungible (papelería, cartuchos de tinta para impresoras y fotocopiadoras, folios,
bolígrafos, etc).
— Limpieza de locales.
— Amortización de equipos informáticos, impresoras y mobiliario.
El total de gastos financiables importa 350.000,00 €.
4. S
e considerarán justificables los gastos que se hayan producido y devengado en la anualidad correspondiente.
5. L
os gastos que se hallen debidamente justificados deberán hallarse en todo momento a
disposición de los servicios de la Consejería como de la Intervención General de la Junta de
Extremadura, para su comprobación.
6. Si el coste de la actividad desplegada por la Diputación Provincial de Cáceres, en ejecución
del presente convenio, fuese inferior a la cuantía máxima prevista en el presente convenio,
se minorará dicha cuantía en la proporción correspondiente, sin que ello suponga una causa de incumplimiento. La Diputación Provincial de Cáceres deberá comunicar tal circunstancia a la Dirección General de Vivienda.
Tercera. Actividades de carácter material o técnico que desarrollarán las Oficinas
Técnicas Comarcales.
1. P
rogramas de concesión de subvenciones afectados:
1.1. Programa de ayudas del Plan de Rehabilitación y Vivienda en Extremadura 20132016:
— Programa de fomento de la rehabilitación energética de la vivienda existente (PEEVE).
1.2. P
rogramas de ayudas del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021:
— Programa de fomento de mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad en
viviendas.
— Programa de fomento de la conservación, de la mejora de la seguridad de utilización
y de la accesibilidad en viviendas.
Miércoles, 19 de enero de 2022
3345
— Combustible (para calefacción, agua caliente sanitaria…)
— Agua.
— Telefonía, tanto fija como móvil.
— Material fungible (papelería, cartuchos de tinta para impresoras y fotocopiadoras, folios,
bolígrafos, etc).
— Limpieza de locales.
— Amortización de equipos informáticos, impresoras y mobiliario.
El total de gastos financiables importa 350.000,00 €.
4. S
e considerarán justificables los gastos que se hayan producido y devengado en la anualidad correspondiente.
5. L
os gastos que se hallen debidamente justificados deberán hallarse en todo momento a
disposición de los servicios de la Consejería como de la Intervención General de la Junta de
Extremadura, para su comprobación.
6. Si el coste de la actividad desplegada por la Diputación Provincial de Cáceres, en ejecución
del presente convenio, fuese inferior a la cuantía máxima prevista en el presente convenio,
se minorará dicha cuantía en la proporción correspondiente, sin que ello suponga una causa de incumplimiento. La Diputación Provincial de Cáceres deberá comunicar tal circunstancia a la Dirección General de Vivienda.
Tercera. Actividades de carácter material o técnico que desarrollarán las Oficinas
Técnicas Comarcales.
1. P
rogramas de concesión de subvenciones afectados:
1.1. Programa de ayudas del Plan de Rehabilitación y Vivienda en Extremadura 20132016:
— Programa de fomento de la rehabilitación energética de la vivienda existente (PEEVE).
1.2. P
rogramas de ayudas del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021:
— Programa de fomento de mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad en
viviendas.
— Programa de fomento de la conservación, de la mejora de la seguridad de utilización
y de la accesibilidad en viviendas.