Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022060080)
Resolución de 12 de enero de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura y la Diputación Provincial de Cáceres, para la realización de actividades de carácter material y técnico a través de las Oficinas Técnicas Comarcales de Vivienda.
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NÚMERO 12
Miércoles, 19 de enero de 2022

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para conseguir que las ayudas públicas lleguen a todos los rincones de la provincia, y en
especial, a los pequeños municipios, los cuales, debido a razones socio-económicas y
demográficas, tradicionalmente quedan relegados a un segundo plano en el acceso a las
ayudas públicas. Acercar a la ciudadanía residente en los pequeños municipios extremeños
la información y la gestión de los procedimientos de concesión de subvenciones en materia
de vivienda es un reto que no puede eludirse y constituye la estrategia más acertada
para luchar contra la carencia de una vivienda digna y adecuada, y contra la pobreza
energética y el consiguiente deterioro de la salud de la ciudadanía en entornos rurales;
contribuyendo a mejorar la calidad de vida de los ciudadanos y de los colectivos más
vulnerables, que en buena parte dependen de estrategias de fomento en materia de
vivienda.
En definitiva, la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda persigue el fomento de la
rehabilitación y de la vivienda en entornos rurales, en aras de lograr la consecución de los
fines señalados a lo largo y ancho de la geografía extremeña. Por evidentes razones de
eficacia, y con el fin de evitar el crecimiento exponencial del gasto público (inversión en
locales, mobiliario, recursos humanos,…), la Consejería considera oportuno y recomendable encomendar a la Diputación Provincial de Cáceres la realización de las actividades de
carácter material o técnico relacionadas en la Estipulación Tercera, acercando al ciudadano la información y gestión de los programas de ayudas a la vivienda. A tal fin, teniendo
en cuenta la formación y experiencia de los efectivos de las Mancomunidades de la provincia de Cáceres en la realización de aquellas actividades de carácter material o técnico,
en aras de los principios de eficacia, de celeridad y de eficiencia en el gasto público, y con
la pretensión de evitar duplicidades, la Diputación Provincial de Cáceres podrá servirse
para la realización del objeto de este convenio de medios propios o concertados con las
Mancomunidades de la provincia.
En virtud de lo expuesto, ambas Administraciones deciden suscribir el presente convenio, el
cual se regirá de acuerdo con las siguientes,
ESTIPULACIONES
Primera. Objeto.
Mediante el presente convenio se encomienda a la Diputación Provincial de Cáceres la realización de las actividades de carácter material o técnico relacionadas en la Estipulación Tercera,
mediante el empleo de oficinas técnicas comarcales propias o concertadas con las Mancomunidades, que actuarán en el ámbito provincial que no cubren las oficinas propias de la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura referidas en el expositivo
IX (oficinas territoriales de Navalmoral de la Mata, Coria, Plasencia, Trujillo y Cáceres).