Servicio Extremeño Público De Empleo. Fomento Del Empleo. Subvenciones. (2022060042)
Resolución de 30 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de concesión de incentivos destinados a favorecer la contratación de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2022.
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NÚMERO 11
Martes, 18 de enero de 2022
3264
5. L
as resoluciones de concesión fijarán expresamente la cuantía concedida e incorporarán, en
su caso, las condiciones, obligaciones y determinaciones accesorias a que deba sujetarse
el beneficiario de la misma, quedando supeditada la concesión a la veracidad de los datos
facilitados por el interesado.
6. E
n el supuesto de que la entidad beneficiaria sea una comunidad de bienes, una sociedad civil o una unión temporal de empresas, la resolución de concesión de la subvención
contendrá los porcentajes de participación de los integrantes en la entidad, en función de
los cuales participarán en los derechos y obligaciones derivados del otorgamiento de la
subvención. La mencionada participación será la que hayan declarado los miembros de la
entidad beneficiaria en el anexo II de esta resolución, que deberá acompañar a la solicitud
de subvención.
7. La resolución de concesión se dictará teniendo en cuenta las características de la contratación existente en el momento de dictar la misma.
8. Las subvenciones concedidas serán objeto de publicidad a través de su publicación en el
Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, con expresión del programa de ayudas, el crédito presupuestario al que
se imputan, personas beneficiarias, cantidad concedida y finalidad de la subvención, y de
existir financiación con cargo a los Fondos de la Unión Europea, las menciones de identificación y publicidad que se deriven de la normativa comunitaria que le sea de aplicación, todo
ello en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Asimismo, serán objeto
de publicidad en el Portal Electrónico de la Transparencia y la Participación Ciudadana, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones conforme
a lo establecido en el artículo 20.8 b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
Sexto. Financiación.
1. El importe total de la presente convocatoria asciende a 1.300.000,00 euros, con cargo a la
anualidad 2022, aplicación presupuestaria 13008G/242A/47000/TE24001001/20090230,
CONVO/2022/0000000017.
2. De conformidad con en el artículo 29.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, las cuantías previstas en el apartado anterior
para el periodo de vigencia de la convocatoria, podrán aumentarse en función de las disponibilidades presupuestarias.
Martes, 18 de enero de 2022
3264
5. L
as resoluciones de concesión fijarán expresamente la cuantía concedida e incorporarán, en
su caso, las condiciones, obligaciones y determinaciones accesorias a que deba sujetarse
el beneficiario de la misma, quedando supeditada la concesión a la veracidad de los datos
facilitados por el interesado.
6. E
n el supuesto de que la entidad beneficiaria sea una comunidad de bienes, una sociedad civil o una unión temporal de empresas, la resolución de concesión de la subvención
contendrá los porcentajes de participación de los integrantes en la entidad, en función de
los cuales participarán en los derechos y obligaciones derivados del otorgamiento de la
subvención. La mencionada participación será la que hayan declarado los miembros de la
entidad beneficiaria en el anexo II de esta resolución, que deberá acompañar a la solicitud
de subvención.
7. La resolución de concesión se dictará teniendo en cuenta las características de la contratación existente en el momento de dictar la misma.
8. Las subvenciones concedidas serán objeto de publicidad a través de su publicación en el
Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, con expresión del programa de ayudas, el crédito presupuestario al que
se imputan, personas beneficiarias, cantidad concedida y finalidad de la subvención, y de
existir financiación con cargo a los Fondos de la Unión Europea, las menciones de identificación y publicidad que se deriven de la normativa comunitaria que le sea de aplicación, todo
ello en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Asimismo, serán objeto
de publicidad en el Portal Electrónico de la Transparencia y la Participación Ciudadana, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones conforme
a lo establecido en el artículo 20.8 b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
Sexto. Financiación.
1. El importe total de la presente convocatoria asciende a 1.300.000,00 euros, con cargo a la
anualidad 2022, aplicación presupuestaria 13008G/242A/47000/TE24001001/20090230,
CONVO/2022/0000000017.
2. De conformidad con en el artículo 29.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, las cuantías previstas en el apartado anterior
para el periodo de vigencia de la convocatoria, podrán aumentarse en función de las disponibilidades presupuestarias.