Servicio Extremeño Público De Empleo. Fomento Del Empleo. Subvenciones. (2022060060)
Extracto de la Resolución de 30 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las subvenciones para la concesión de incentivos destinados a favorecer la contratación de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2022.
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NÚMERO 11
Martes, 18 de enero de 2022
3285
el mercado ordinario de trabajo en la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 233,
de 5 de diciembre de 2016).
Cuarto. Cuantía.
El importe total de la presente convocatoria asciende a 1.300.000,00 euros, con cargo a
la anualidad 2022, aplicación presupuestaria 13008G/242A/47000/TE24001001/20090230,
CONVO/2022/0000000017. La cuantía de las subvenciones será la siguiente, clasificada según programa:
a) Programa I: Subvenciones para la contratación indefinida de personas con discapacidad
desempleadas en empresas ordinarias o la incorporación de las mismas como personas
socias trabajadoras en caso de Sociedades Cooperativas de Trabajo Asociado y Sociedades Laborales La cuantía de la subvención por contratación indefinida a tiempo completo
será:
— 8.000 euros para las mujeres discapacitadas y para las personas con discapacidad
con especiales dificultades para su inserción laboral descritas en el artículo 7.2 del
Decreto 192/2016, de 29 de noviembre.
— 7.500 euros para el resto de personas con discapacidad no incluidos en el párrafo
anterior.
b) Programa III: Subvenciones destinadas a la transformación de contratos temporales en
indefinidos celebrados con personas con discapacidad. La cuantía de la subvención por
cada transformación de contratos temporales en indefinidos realizada a jornada completa será:
— 5.000 euros para las mujeres discapacitadas y para las personas con discapacidad
con especiales dificultades para su inserción laboral descritas en el artículo 7.2 del
Decreto 192/2016, de 29 de noviembre.
— 4.500 euros para el resto de personas con discapacidad no incluidos en el apartado
anterior.
c) Programa IV: Subvenciones para la contratación temporal de personas con discapacidad
desempleadas en empresas ordinarias. La cuantía de la subvención, por contratación
temporal de al menos doce meses de duración a tiempo completo, será:
— 2.500 euros para las mujeres discapacitadas y para las personas con discapacidad
con especiales dificultades para su inserción laboral descritas en el artículo 7.2 del
Decreto 192/2016, de 29 de noviembre.
Martes, 18 de enero de 2022
3285
el mercado ordinario de trabajo en la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 233,
de 5 de diciembre de 2016).
Cuarto. Cuantía.
El importe total de la presente convocatoria asciende a 1.300.000,00 euros, con cargo a
la anualidad 2022, aplicación presupuestaria 13008G/242A/47000/TE24001001/20090230,
CONVO/2022/0000000017. La cuantía de las subvenciones será la siguiente, clasificada según programa:
a) Programa I: Subvenciones para la contratación indefinida de personas con discapacidad
desempleadas en empresas ordinarias o la incorporación de las mismas como personas
socias trabajadoras en caso de Sociedades Cooperativas de Trabajo Asociado y Sociedades Laborales La cuantía de la subvención por contratación indefinida a tiempo completo
será:
— 8.000 euros para las mujeres discapacitadas y para las personas con discapacidad
con especiales dificultades para su inserción laboral descritas en el artículo 7.2 del
Decreto 192/2016, de 29 de noviembre.
— 7.500 euros para el resto de personas con discapacidad no incluidos en el párrafo
anterior.
b) Programa III: Subvenciones destinadas a la transformación de contratos temporales en
indefinidos celebrados con personas con discapacidad. La cuantía de la subvención por
cada transformación de contratos temporales en indefinidos realizada a jornada completa será:
— 5.000 euros para las mujeres discapacitadas y para las personas con discapacidad
con especiales dificultades para su inserción laboral descritas en el artículo 7.2 del
Decreto 192/2016, de 29 de noviembre.
— 4.500 euros para el resto de personas con discapacidad no incluidos en el apartado
anterior.
c) Programa IV: Subvenciones para la contratación temporal de personas con discapacidad
desempleadas en empresas ordinarias. La cuantía de la subvención, por contratación
temporal de al menos doce meses de duración a tiempo completo, será:
— 2.500 euros para las mujeres discapacitadas y para las personas con discapacidad
con especiales dificultades para su inserción laboral descritas en el artículo 7.2 del
Decreto 192/2016, de 29 de noviembre.