Servicio Extremeño Público De Empleo. Fomento Del Empleo. Subvenciones. (2022060060)
Extracto de la Resolución de 30 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las subvenciones para la concesión de incentivos destinados a favorecer la contratación de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2022.
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NÚMERO 11
Martes, 18 de enero de 2022

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EXTRACTO de la Resolución de 30 de diciembre de 2021, de la Secretaría
General, por la que se aprueba la convocatoria de las subvenciones para la
concesión de incentivos destinados a favorecer la contratación de personas
con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo en la Comunidad
Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2022. (2022060060)
BDNS(Identif.): 605652
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de
17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria,
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.infosubvenciones.gob.es)y en el presente Diario Oficial de Extremadura.
Primero. Objeto.
Subvenciones para la concesión de incentivos destinados a favorecer la contratación de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo en la Comunidad Autónoma de
Extremadura para el ejercicio 2022. Se convocan los siguientes programas:
— Programa I: Subvenciones para la contratación indefinida de personas con discapacidad
desempleadas en empresas ordinarias o la incorporación de las mismas como personas
socias trabajadoras en caso de Sociedades Cooperativas de Trabajo Asociado y Sociedades Laborales.
— Programa III: Subvenciones destinadas a la transformación de contratos temporales en
indefinidos celebrados con personas con discapacidad.
— Programa IV: Subvenciones para la contratación temporal de personas con discapacidad
desempleadas en empresas ordinarias.
Segundo. Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones previstas en la convocatoria, los/las profesionales colegiados/as y empresas, asociaciones o entidades sin ánimo de lucro, que, en su
condición de empleadoras y cumpliendo los requisitos y condiciones establecidos en las bases
reguladoras, realicen contrataciones de personas con discapacidad.
Asimismo, podrán ser beneficiarias las comunidades de bienes, las sociedades civiles y las
uniones temporales de empresas que, cumpliendo los requisitos y condiciones previstos en
cada caso, realicen contrataciones de personas con discapacidad.
Tercero. Bases reguladoras.
Decreto 192/2016, de 29 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de
subvenciones destinadas a favorecer la integración laboral de personas con discapacidad en