Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Expropiaciones. (2022040006)
Decreto 4/2022, de 12 de enero, sobre declaración de urgencia de la ocupación de los terrenos para ejecución de las obras: Conducción de abastecimiento en La Albuera.
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NÚMERO 11
Martes, 18 de enero de 2022

3242

CONSEJERÍA PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y SOSTENIBILIDAD
DECRETO 4/2022, de 12 de enero, sobre declaración de urgencia de
la ocupación de los terrenos para ejecución de las obras: Conducción de
abastecimiento en La Albuera. (2022040006)
La Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad tiene atribuidas por Decreto del
Presidente de la Junta de Extremadura 16/2019 de 1 de julio, modificado por el Decreto del
Presidente 41/2021, de 2 de diciembre, las competencias de la Comunidad Autónoma de
Extremadura en materia de infraestructuras hidráulicas. Por su parte el Decreto 87/2019, de
2 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración, atribuye a la Consejería el ejercicio de las competencias en materia de planificación hidráulica,
ejecución, mantenimiento y ordenación de las infraestructuras hidráulicas de competencia de
la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como la coordinación de las políticas de aguas
autonómica, así como la regulación del abastecimiento, saneamiento y depuración de las
aguas de conformidad con el artículo 5.1.a) del Decreto 170/2019 de 29 de octubre por el que
se establece la estructura orgánica de la citada Consejería.
Asimismo, la Junta de Extremadura tiene atribuida la facultad expropiatoria en virtud del propio Estatuto de Autonomía, artículo 38 b) en su redacción dada de la Ley Orgánica 1/2011,
de 28 de enero, correspondiendo a su Consejo de Gobierno la declaración de urgencia del
procedimiento expropiatorio según lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación
Forzosa de 16 de diciembre de 1954.
En relación con las obras de “Conducción de abastecimiento a la Albuera” el proyecto fue
aprobado en fecha 9 de julio de 2021, habiéndose practicado información pública mediante
Resolución de 23 de septiembre de 2021 (DOE n.º 194, de 7 de octubre). Se han practicado notificaciones individuales y, así mismo, el resto de publicaciones exigidas legalmente,
habiéndose recibido alegaciones dentro del plazo al efecto concedido de D. Francisco Barba
Roque, D. Ángel Barba Roque, D. Mariano Sánchez Sánchez y Doña Carlota Rivera Alarcón.
Se han contestado las alegaciones recibidas, constando en el expediente acreditación de lo
actuado. Se adjunta relación definitiva de afectados.
Actualmente, la población de la Albuera se abastece de la Mancomunidad de Nogales a través
de una tubería de 125 mm de fundición dúctil, que deriva del ramal norte de dicha mancomunidad hasta el depósito regulador de 440 m3 de capacidad. También existen tres captaciones
que elevan el agua a otro depósito de 50 m3 de capacidad. Ambos depósitos se encuentra
en una parcela junto a la carretera provincial BA-006, de La Albuera a Valverde de Leganés.
El Polígono Industrial “El Chaparral” se abastece a través de dos derivaciones de la tubería
que procede de la mancomunidad, una mediante una tubería de 125 mm de fundición dúctil
hasta el depósito regulador, de 500 m3 de capacidad, ubicado en el propio polígono y otra