Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Consejo Regional De Participación De La Infancia Y La Adolescencia. (2022040005)
Decreto 3/2022, de 12 de enero, por el que se crea el Consejo Regional de Participación de la Infancia y la Adolescencia de Extremadura.
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NÚMERO 11
Martes, 18 de enero de 2022
3233
CAPÍTULO III
Órganos del Consejo: Composición y funciones
Artículo 14. El Pleno. Naturaleza y composición.
1. El Pleno es el órgano supremo de decisión y de formación de la voluntad del Consejo Regional de Participación de la Infancia y la Adolescencia.
2. El Pleno está integrado por la totalidad de los miembros del Consejo Regional de Participación de la Infancia y la Adolescencia.
Artículo 15. Funciones del Pleno.
El Pleno desarrollará con carácter específico las funciones siguientes:
a) Fijar las líneas generales de actuación del Consejo.
b) Establecer el plan de trabajo de la Comisión Permanente.
c) Designar a las personas integrantes de la Comisión Permanente.
d) Redactar, aprobar y modificar el reglamento de régimen interno de organización y funcionamiento del Consejo.
e) Elegir la Presidencia y la Vicepresidencia entre las consejeras y consejeros del Pleno, y
proponer su nombramiento a la Presidencia honorífica.
f) Designar los grupos de trabajo encargados del análisis y el estudio de temas concretos,
a propuesta de la Comisión Permanente.
g) Proponer las modificaciones normativas que considere necesarias.
h) Aprobar la memoria anual del Consejo elevada por la Comisión Permanente.
Artículo 16. La Comisión Permanente.
1. La Comisión Permanente es el órgano colegiado encargado de prestar asesoramiento e
información constante sobre todos aquellos aspectos relacionados con la infancia y la adolescencia, con funciones de apoyo y cooperación al Pleno, así como aquellas otras que se
establezcan en el reglamento de funcionamiento interno del Consejo.
2. La Comisión Permanente estará integrada por:
a) La persona que ostente la Presidencia, o persona en quien delegue.
Martes, 18 de enero de 2022
3233
CAPÍTULO III
Órganos del Consejo: Composición y funciones
Artículo 14. El Pleno. Naturaleza y composición.
1. El Pleno es el órgano supremo de decisión y de formación de la voluntad del Consejo Regional de Participación de la Infancia y la Adolescencia.
2. El Pleno está integrado por la totalidad de los miembros del Consejo Regional de Participación de la Infancia y la Adolescencia.
Artículo 15. Funciones del Pleno.
El Pleno desarrollará con carácter específico las funciones siguientes:
a) Fijar las líneas generales de actuación del Consejo.
b) Establecer el plan de trabajo de la Comisión Permanente.
c) Designar a las personas integrantes de la Comisión Permanente.
d) Redactar, aprobar y modificar el reglamento de régimen interno de organización y funcionamiento del Consejo.
e) Elegir la Presidencia y la Vicepresidencia entre las consejeras y consejeros del Pleno, y
proponer su nombramiento a la Presidencia honorífica.
f) Designar los grupos de trabajo encargados del análisis y el estudio de temas concretos,
a propuesta de la Comisión Permanente.
g) Proponer las modificaciones normativas que considere necesarias.
h) Aprobar la memoria anual del Consejo elevada por la Comisión Permanente.
Artículo 16. La Comisión Permanente.
1. La Comisión Permanente es el órgano colegiado encargado de prestar asesoramiento e
información constante sobre todos aquellos aspectos relacionados con la infancia y la adolescencia, con funciones de apoyo y cooperación al Pleno, así como aquellas otras que se
establezcan en el reglamento de funcionamiento interno del Consejo.
2. La Comisión Permanente estará integrada por:
a) La persona que ostente la Presidencia, o persona en quien delegue.