Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Establecimientos Sanitarios. (2022040004)
Decreto 2/2022, de 12 de enero, sobre procedimientos de autorización administrativa y requisitos mínimos de personal, de infraestructura, equipamiento y actividad de centros, establecimientos y servicios sanitarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 11
Martes, 18 de enero de 2022
3200
En caso de oposición expresa, indicarlo en las casillas correspondientes, aportando junto a la
solicitud copia del documento acreditativo.
DECLARACIONES
La persona solicitante declara responsablemente que
a) Cumple con los requisitos técnico-sanitarios previstos en este decreto que le resulten de
aplicación, en el Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre, así como la legislación específica aplicable.
b) Se compromete a comunicar cualquier variación de las condiciones declaradas, así como
a mantener actualizado, en el expediente administrativo, la plantilla del personal sanitario
del centro, establecimiento o servicio sanitario.
c) Son ciertos los datos consignados en esta solicitud.
DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA A LA SOLICITUD
— Documento acreditativo de su personalidad y, en su caso, de la representación que ostente,
en el caso de que se formule oposición expresa en el modelo de solicitud a su comprobación
de oficio por parte del órgano gestor. Si se tratara de una persona jurídica, se deberá adjuntar una copia de los estatutos de la sociedad, además de una copia certificada del acuerdo,
del órgano correspondiente, de creación del centro, establecimiento o servicio sanitario.
— Documento acreditativo de la titularidad de la disponibilidad jurídica del inmueble en el que
se va a ubicar el centro, establecimiento o servicio sanitario.
— Memoria asistencial explicativa de la naturaleza, fines, y actividades del proyecto presentado.
— Oferta de servicios y previsiones de plantilla de personal, desglosada por grupos o categorías profesionales, y su adscripción funcional.
— Proyecto técnico de ejecución cuyo contenido documental y fases se desarrollan en la Parte
I del Código Técnico de la Edificación, en formato digital, firmado por técnico competente
y visado por el Colegio Profesional u Organismo Oficial correspondiente.
En el supuesto de unidades móviles de atención sanitaria, el proyecto técnico incluirá, además, una memoria con las especificaciones técnicas, permiso de circulación e inspección técnica de los vehículos, donde se proyecte prestar los servicios. En el caso de que la instalación
móvil no sea accesible, dispondrá de una solución alternativa para garantizar la prestación
generalizada del servicio.
Martes, 18 de enero de 2022
3200
En caso de oposición expresa, indicarlo en las casillas correspondientes, aportando junto a la
solicitud copia del documento acreditativo.
DECLARACIONES
La persona solicitante declara responsablemente que
a) Cumple con los requisitos técnico-sanitarios previstos en este decreto que le resulten de
aplicación, en el Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre, así como la legislación específica aplicable.
b) Se compromete a comunicar cualquier variación de las condiciones declaradas, así como
a mantener actualizado, en el expediente administrativo, la plantilla del personal sanitario
del centro, establecimiento o servicio sanitario.
c) Son ciertos los datos consignados en esta solicitud.
DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA A LA SOLICITUD
— Documento acreditativo de su personalidad y, en su caso, de la representación que ostente,
en el caso de que se formule oposición expresa en el modelo de solicitud a su comprobación
de oficio por parte del órgano gestor. Si se tratara de una persona jurídica, se deberá adjuntar una copia de los estatutos de la sociedad, además de una copia certificada del acuerdo,
del órgano correspondiente, de creación del centro, establecimiento o servicio sanitario.
— Documento acreditativo de la titularidad de la disponibilidad jurídica del inmueble en el que
se va a ubicar el centro, establecimiento o servicio sanitario.
— Memoria asistencial explicativa de la naturaleza, fines, y actividades del proyecto presentado.
— Oferta de servicios y previsiones de plantilla de personal, desglosada por grupos o categorías profesionales, y su adscripción funcional.
— Proyecto técnico de ejecución cuyo contenido documental y fases se desarrollan en la Parte
I del Código Técnico de la Edificación, en formato digital, firmado por técnico competente
y visado por el Colegio Profesional u Organismo Oficial correspondiente.
En el supuesto de unidades móviles de atención sanitaria, el proyecto técnico incluirá, además, una memoria con las especificaciones técnicas, permiso de circulación e inspección técnica de los vehículos, donde se proyecte prestar los servicios. En el caso de que la instalación
móvil no sea accesible, dispondrá de una solución alternativa para garantizar la prestación
generalizada del servicio.