Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Desarrollo Rural. Ayudas. (2022060026)
Resolución de 28 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se establece la convocatoria de ayudas para la mejora de las infraestructuras y la productividad de fincas rústicas de propiedad municipal, para el año 2022.
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NÚMERO 10
Lunes, 17 de enero de 2022
2921
4. F
rente a la resolución expresa que no pone fin a la vía administrativa, los interesados
podrán interponer recurso de alzada ante el órgano que dictó el acto o ante la Consejera
de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura, en el
plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo
dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas y el artículo 101 de la Ley 1/2002,
de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
5. E
n la resolución de concesión se identificará la parte de la subvención que estará cofinanciada por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural, incluyéndose los beneficiarios en
la lista pública de beneficiarios, nombres de las operaciones y cantidades de fondos públicos asignados a los mismos, que se recogen en los Reglamentos Europeos de este fondo.
6. L
as subvenciones concedidas serán publicadas en el Diario Oficial de Extremadura y en
la sede electrónica corporativa de la Junta de Extremadura, dentro del Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma, con indicación de la convocatoria, programa y crédito
presupuestario al que se imputa, beneficiarios, cantidades concedidas y finalidades de la
subvención, conforme a lo dispuesto en el artículo 17.1 de la Ley 6/2011, de 23 marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el Portal Electrónico de la
Transparencia y de la Participación Ciudadana, conforme al artículo 11 de la Ley 4/2013, de
21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura y, se remitirán a la Base de Datos Nacional de Subvenciones, a los efectos de la publicidad en los términos previstos en el artículo
20.8.b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Decimotercero. Financiación.
1. L
as ayudas a las que se refiere la presente resolución serán cofinanciadas en un 75 %,
por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), en el Programa de Desarrollo
Rural de Extremadura 2014-2020 dentro de la medida 4.3. “Apoyo a las inversiones en
infraestructura relacionada con el desarrollo, la modernización o la adaptación a la agricultura y la silvicultura”, submedida 4.3.6 “Mejora de las Infraestructuras en fincas rústicas de
titularidad municipal y/o comunal y Dehesas Boyales”.
2. D
e acuerdo con las disponibilidades de crédito consignadas en el Proyecto de Ley de
Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2022, y sin
perjuicio de las posibles ampliaciones que puedan efectuarse en función de las posibles
disponibilidades presupuestarias, el crédito total de la presente convocatoria asciende a
2.200.000,00 € (dos millones doscientos mil EUROS) con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y a la siguiente aplicación presupuestaria,
desglosándose la dotación presupuestaria para cada una de las líneas, como sigue:
Lunes, 17 de enero de 2022
2921
4. F
rente a la resolución expresa que no pone fin a la vía administrativa, los interesados
podrán interponer recurso de alzada ante el órgano que dictó el acto o ante la Consejera
de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura, en el
plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo
dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas y el artículo 101 de la Ley 1/2002,
de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
5. E
n la resolución de concesión se identificará la parte de la subvención que estará cofinanciada por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural, incluyéndose los beneficiarios en
la lista pública de beneficiarios, nombres de las operaciones y cantidades de fondos públicos asignados a los mismos, que se recogen en los Reglamentos Europeos de este fondo.
6. L
as subvenciones concedidas serán publicadas en el Diario Oficial de Extremadura y en
la sede electrónica corporativa de la Junta de Extremadura, dentro del Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma, con indicación de la convocatoria, programa y crédito
presupuestario al que se imputa, beneficiarios, cantidades concedidas y finalidades de la
subvención, conforme a lo dispuesto en el artículo 17.1 de la Ley 6/2011, de 23 marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el Portal Electrónico de la
Transparencia y de la Participación Ciudadana, conforme al artículo 11 de la Ley 4/2013, de
21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura y, se remitirán a la Base de Datos Nacional de Subvenciones, a los efectos de la publicidad en los términos previstos en el artículo
20.8.b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Decimotercero. Financiación.
1. L
as ayudas a las que se refiere la presente resolución serán cofinanciadas en un 75 %,
por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), en el Programa de Desarrollo
Rural de Extremadura 2014-2020 dentro de la medida 4.3. “Apoyo a las inversiones en
infraestructura relacionada con el desarrollo, la modernización o la adaptación a la agricultura y la silvicultura”, submedida 4.3.6 “Mejora de las Infraestructuras en fincas rústicas de
titularidad municipal y/o comunal y Dehesas Boyales”.
2. D
e acuerdo con las disponibilidades de crédito consignadas en el Proyecto de Ley de
Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2022, y sin
perjuicio de las posibles ampliaciones que puedan efectuarse en función de las posibles
disponibilidades presupuestarias, el crédito total de la presente convocatoria asciende a
2.200.000,00 € (dos millones doscientos mil EUROS) con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y a la siguiente aplicación presupuestaria,
desglosándose la dotación presupuestaria para cada una de las líneas, como sigue: