Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022060048)
Resolución de 10 de enero de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de planta solar fotovoltaica "Alconchel 2020" e infraestructura de evacuación, cuyo promotor es Alter Enersun, SA, en el término municipal de Alconchel (Badajoz). Expte.: IA20/604.
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NÚMERO 10
3005
Lunes, 17 de enero de 2022
RELACIÓN DE CONSULTADOS
RESPUESTAS RECIBIDAS
ADENEX
-
Sociedad Española de Ornitología (SEO BIRD/LIFE)
-
Fundación Naturaleza y Hombre
-
— El Ayuntamiento de Alconchel, remite informe con fecha 13 de abril de 2021 declarando
que una vez revisado el documento ambiental no se aprecian efectos significativos para el
medio ambiente de la actuación definida en el proyecto PSFV ALCONCHEL 2020.
— Con fecha 21 de abril de 2021 La Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio
Cultural emite informe favorable condicionado al estricto cumplimiento de la totalidad de
las medidas descritas a continuación, dada la cercanía de la instalación prevista respecto a
numerosos elementos de naturaleza arqueológica y a la amplia superficie abarcada por la
zona de estudio, con vistas a la protección del patrimonio no detectado.
A. Con carácter previo a la ejecución de las obras:
A.1. Realización de una prospección arqueológica superficial con carácter intensivo por
equipo técnico especializado en toda la superficie de las parcelas afectadas por este proyecto, con el fin de evaluar si existen posibles afecciones a yacimientos arqueológicos o
elementos etnográficos no detectados.
A.2. Una vez realizada está prospección arqueológica será remitido informe técnico preceptivo a la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural con copia, en su
caso, al organismo que tuviera delegada esas competencias en función del ámbito de actuación de la actividad. En el caso de que estos trabajos confirmaran la existencia de restos
arqueológicos que pudieran verse afectados por las actuaciones derivadas del proyecto de
referencia, el informe incluirá obligatoriamente una primera aproximación cronocultural de
los restos localizados y se definirá la extensión máxima del yacimiento en superficie.
A.3. Una vez recibido el informe señalado en el apartado anterior, se cursará, si procede, visita de evaluación con carácter previo y con posterioridad se emitirá el preceptivo documento
de viabilidad arqueológica con indicación de los criterios técnicos y metodológicos que deberán adoptarse por el promotor para el correcto desarrollo de la actividad propuesta.
— Con fecha 22 de abril de 2021, la Confederación Hidrográfica del Guadiana remite informe,
donde se informa sobre la posible afección al régimen y aprovechamiento de las aguas continentales, y a los usos permitidos en terrenos de DPH y en sus zonas de servidumbre y policía.
3005
Lunes, 17 de enero de 2022
RELACIÓN DE CONSULTADOS
RESPUESTAS RECIBIDAS
ADENEX
-
Sociedad Española de Ornitología (SEO BIRD/LIFE)
-
Fundación Naturaleza y Hombre
-
— El Ayuntamiento de Alconchel, remite informe con fecha 13 de abril de 2021 declarando
que una vez revisado el documento ambiental no se aprecian efectos significativos para el
medio ambiente de la actuación definida en el proyecto PSFV ALCONCHEL 2020.
— Con fecha 21 de abril de 2021 La Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio
Cultural emite informe favorable condicionado al estricto cumplimiento de la totalidad de
las medidas descritas a continuación, dada la cercanía de la instalación prevista respecto a
numerosos elementos de naturaleza arqueológica y a la amplia superficie abarcada por la
zona de estudio, con vistas a la protección del patrimonio no detectado.
A. Con carácter previo a la ejecución de las obras:
A.1. Realización de una prospección arqueológica superficial con carácter intensivo por
equipo técnico especializado en toda la superficie de las parcelas afectadas por este proyecto, con el fin de evaluar si existen posibles afecciones a yacimientos arqueológicos o
elementos etnográficos no detectados.
A.2. Una vez realizada está prospección arqueológica será remitido informe técnico preceptivo a la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural con copia, en su
caso, al organismo que tuviera delegada esas competencias en función del ámbito de actuación de la actividad. En el caso de que estos trabajos confirmaran la existencia de restos
arqueológicos que pudieran verse afectados por las actuaciones derivadas del proyecto de
referencia, el informe incluirá obligatoriamente una primera aproximación cronocultural de
los restos localizados y se definirá la extensión máxima del yacimiento en superficie.
A.3. Una vez recibido el informe señalado en el apartado anterior, se cursará, si procede, visita de evaluación con carácter previo y con posterioridad se emitirá el preceptivo documento
de viabilidad arqueológica con indicación de los criterios técnicos y metodológicos que deberán adoptarse por el promotor para el correcto desarrollo de la actividad propuesta.
— Con fecha 22 de abril de 2021, la Confederación Hidrográfica del Guadiana remite informe,
donde se informa sobre la posible afección al régimen y aprovechamiento de las aguas continentales, y a los usos permitidos en terrenos de DPH y en sus zonas de servidumbre y policía.