Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Agricultura. Ayudas. (2022080028)
Anuncio de 5 de enero de 2022 por el que se da publicidad a la relación de beneficiarios de las ayudas concedidas para fomentar la creación en Extremadura de grupos operativos de la Asociación Europea para la Innovación en materia de productividad y sostenibilidad agrícola, conforme al Decreto 94/2016, de 5 de julio, y correspondiente a la convocatoria del año 2020.
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NÚMERO 10
Lunes, 17 de enero de 2022
3066
al que se imputen, beneficiario, cantidad concedida, finalidad o finalidades de la subvención, y
de existir financiación con cargo a Fondos de la Unión Europea, las menciones de identificación
y publicidad que se deriven de la normativa comunitaria que les sea de aplicación.
Así mismo, en el artículo 13.3 del Decreto 94/2016, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para fomentar la creación en Extremadura de Grupos Operativos de
la Asociación Europea para la Innovación (AEI) en materia de productividad y sostenibilidad
agrícola, se determina que a tenor del artículo 17.1 de la Ley 6/2011 de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, se publicará en el Diario Oficial de Extremadura, las
subvenciones concedidas, con los mismos datos indicados en esta ley, y con las menciones
de identificación y publicidad exigidas por las normas de la Unión Europea en virtud de la
cofinanciación del FEADER.
Los beneficiarios de las ayudas son las Agrupaciones y cada uno de los miembros de las
Agrupaciones, de acuerdo con la Ley 6/2011, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, artículo 10.3, y con el Decreto 94/2016, artículo 2. Los miembros de la
Agrupación son los miembros beneficiarios del Grupo Operativo, de acuerdo con el Decreto
94/2016, artículo 2.
Los miembros de la Agrupación nombran un representante, que debe ser persona jurídica,
con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden a
la Agrupación, de acuerdo con la Ley 6/2011, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, artículo 10.3, y con el Decreto 94/2016, artículo 4. El representante de la
Agrupación actúa como interlocutor único entre la Agrupación y la Administración, y recibirá
el pago de la subvención y posteriormente la distribuirá entre los miembros de la Agrupación
de acuerdo con el grado de participación de cada uno de ellos en la misma según la resolución
de concesión de la ayuda, conforme al Decreto 94/2016, artículo 4.
De acuerdo con el artículo 19 del Decreto 94/2016, tras la resolución de concesión de la
subvención a la Agrupación, todos los miembros beneficiarios de dicha Agrupación, junto
con el resto de miembros, que hubieran suscrito el documento vinculante al que se refiere la
letra d) del artículo 6 y el Anexo II del Decreto 94/2016, que se definen en el artículo 2 de
este Decreto, pasan a considerarse en su conjunto Grupo Operativo, el cual formará parte
integrante de la Asociación Europea para la Innovación (AEI) en materia de productividad y
sostenibilidad agrícolas.
La finalidad de estas subvenciones es la constitución de Agrupaciones como Grupos Operativos en la Comunidad Autónoma de Extremadura, los cuales deben elaborar y redactar un
Lunes, 17 de enero de 2022
3066
al que se imputen, beneficiario, cantidad concedida, finalidad o finalidades de la subvención, y
de existir financiación con cargo a Fondos de la Unión Europea, las menciones de identificación
y publicidad que se deriven de la normativa comunitaria que les sea de aplicación.
Así mismo, en el artículo 13.3 del Decreto 94/2016, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para fomentar la creación en Extremadura de Grupos Operativos de
la Asociación Europea para la Innovación (AEI) en materia de productividad y sostenibilidad
agrícola, se determina que a tenor del artículo 17.1 de la Ley 6/2011 de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, se publicará en el Diario Oficial de Extremadura, las
subvenciones concedidas, con los mismos datos indicados en esta ley, y con las menciones
de identificación y publicidad exigidas por las normas de la Unión Europea en virtud de la
cofinanciación del FEADER.
Los beneficiarios de las ayudas son las Agrupaciones y cada uno de los miembros de las
Agrupaciones, de acuerdo con la Ley 6/2011, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, artículo 10.3, y con el Decreto 94/2016, artículo 2. Los miembros de la
Agrupación son los miembros beneficiarios del Grupo Operativo, de acuerdo con el Decreto
94/2016, artículo 2.
Los miembros de la Agrupación nombran un representante, que debe ser persona jurídica,
con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden a
la Agrupación, de acuerdo con la Ley 6/2011, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, artículo 10.3, y con el Decreto 94/2016, artículo 4. El representante de la
Agrupación actúa como interlocutor único entre la Agrupación y la Administración, y recibirá
el pago de la subvención y posteriormente la distribuirá entre los miembros de la Agrupación
de acuerdo con el grado de participación de cada uno de ellos en la misma según la resolución
de concesión de la ayuda, conforme al Decreto 94/2016, artículo 4.
De acuerdo con el artículo 19 del Decreto 94/2016, tras la resolución de concesión de la
subvención a la Agrupación, todos los miembros beneficiarios de dicha Agrupación, junto
con el resto de miembros, que hubieran suscrito el documento vinculante al que se refiere la
letra d) del artículo 6 y el Anexo II del Decreto 94/2016, que se definen en el artículo 2 de
este Decreto, pasan a considerarse en su conjunto Grupo Operativo, el cual formará parte
integrante de la Asociación Europea para la Innovación (AEI) en materia de productividad y
sostenibilidad agrícolas.
La finalidad de estas subvenciones es la constitución de Agrupaciones como Grupos Operativos en la Comunidad Autónoma de Extremadura, los cuales deben elaborar y redactar un