Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Servicios Sociales. Subvenciones. (2022060039)
Resolución de 29 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se convocan las subvenciones a otorgar por la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales dirigidas a entidades privadas sin ánimo de lucro, para la realización de proyectos de atención a personas con deterioro cognitivo para el año 2022.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 9
2755
Viernes, 14 de enero de 2022
Para tener derecho a la subvención se deberá obtener una puntuación mínima de 5 puntos
conforme al baremo anterior.
Séptimo. Criterios para la determinación de la cuantía individualizada de las subvenciones.
El importe a conceder se determinará en función de los puntos obtenidos, mediante la aplicación de los criterios objetivos de otorgamiento de manera que, establecido un orden de
prelación entre aquellas entidades cuyos proyectos superen el umbral mínimo de puntuación
establecido para cada modalidad para optar a financiación, la cuantía máxima a subvencionar
será la establecida en la siguiente tabla:
Puntos
Importe
Modalidad A
Modalidad B
Modalidad C
Modalidad D
5
9.000
-
2.500
2.500
6
10.800
-
3.000
3.000
7
12.600
-
3.500
3.500
8
14.400
-
4.000
4.000
9
16.200
-
4.500
4.500
10
18.000
-
5.000
5.000
11
19.800
-
5.500
5.500
12
-
-
6.000
-
19
-
38.000
-
-
20
-
40.000
-
-
21
-
42.000
-
-
22
-
44.000
-
-
23
-
46.000
-
-
24
-
48.000
-
-
25
-
50.000
-
-
26
-
52.000
-
-
27
-
54.000
-
-
28
-
56.000
-
-
29
-
58.000
-
-
30
-
60.000
-
-
31
-
62.000
-
-
32
-
64.000
-
-
2755
Viernes, 14 de enero de 2022
Para tener derecho a la subvención se deberá obtener una puntuación mínima de 5 puntos
conforme al baremo anterior.
Séptimo. Criterios para la determinación de la cuantía individualizada de las subvenciones.
El importe a conceder se determinará en función de los puntos obtenidos, mediante la aplicación de los criterios objetivos de otorgamiento de manera que, establecido un orden de
prelación entre aquellas entidades cuyos proyectos superen el umbral mínimo de puntuación
establecido para cada modalidad para optar a financiación, la cuantía máxima a subvencionar
será la establecida en la siguiente tabla:
Puntos
Importe
Modalidad A
Modalidad B
Modalidad C
Modalidad D
5
9.000
-
2.500
2.500
6
10.800
-
3.000
3.000
7
12.600
-
3.500
3.500
8
14.400
-
4.000
4.000
9
16.200
-
4.500
4.500
10
18.000
-
5.000
5.000
11
19.800
-
5.500
5.500
12
-
-
6.000
-
19
-
38.000
-
-
20
-
40.000
-
-
21
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42.000
-
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22
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44.000
-
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23
-
46.000
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24
-
48.000
-
-
25
-
50.000
-
-
26
-
52.000
-
-
27
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54.000
-
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28
-
56.000
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29
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58.000
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30
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60.000
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31
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62.000
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32
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64.000
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